Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063029)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de dos aparcamientos disuasorios) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 207

51915

Jueves 27 de octubre de 2022

4. En aplicación del apartado 2 de la cláusula séptima, en el supuesto de que el importe real
de la inversión sea inferior a la cuantía total máxima de la disposición dineraria indicada en
la presente cláusula, la cuantía de la subvención quedará ajustada al gasto subvencionable
dado.
Novena. Compatibilidad de la ayuda.
1. La ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a
otros programas e instrumentos de la Unión Europea. El proyecto de inversión podrá recibir
ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra
el mismo coste.
2. L
 a actuación objeto del convenio podrá obtener financiación a través del Instituto de Crédito
Oficial (ICO) o del Banco Europeo de Inversiones (BEI), siempre que esta financiación no se
destine a cubrir los mismos costes que los atendidos por la subvención objeto del convenio.
Décima. Ejecución de la actuación.
1. El Ayuntamiento se obliga a ejecutar la actuación objeto del presente convenio, en sus
fases de elaboración de proyecto y de ejecución de la obra, recurriendo a la contratación
con terceros.
2. E
 n materia de plazos, el Ayuntamiento observará los siguientes límites temporales:
Etapa

Fecha Límite

Licitación de la actuación

30 de marzo de 2023 (recomendada)

Adjudicación de la actuación

31 de diciembre de 2023 (obligatoria)

Ejecución de la actuación y entrada en servicio

31 de diciembre de 2024 (obligatoria)

3. En la ejecución del proyecto de inversión el Ayuntamiento observará las prescripciones
siguientes:
a) Obtendrá, a su costa, cuantas licencias y permisos requiera la ejecución de la actuación,
y asumirá los impuestos, tasas y demás tributos que se devenguen, en su caso, por tal
actividad.
b) Aportará a la Consejería toda la información que fuere necesaria para determinar el
valor de los indicadores de seguimiento de la ejecución de los créditos asignados a la