Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063027)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
51892
como un elemento esencial para el desarrollo presente y futuro de la región. También velarán por
su orientación profesional, su emancipación familiar y su acceso a la vivienda.
Por su parte, el artículo 9, establece como competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, entre otras, las siguientes materias: Infancia y juventud. Protección y
tutela de menores, así como Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En sus relaciones con otras Administraciones Públicas, la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se rige por los principios de cooperación y colaboración, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el 3.1.k de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con estos principios, así como con lo dispuesto respecto a las técnicas de
cooperación descritas en el artículo 140.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas, se suscribe el presente Convenio que queda sujeto
al régimen contenido en los 48 y ss., de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 47 y ss., de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Mediante Decreto del Presidente 41/2021, de 3 de diciembre, se modifican la
denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En virtud de este Decreto se crea la Consejería
de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, que, según establece su artículo 3, ejercerá
las competencias en materia de mujer, derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales,
transexuales, transgéneros e intersexuales, así como en materia de juventud y las de cooperación
internacional al desarrollo anteriormente ejercidas por la Consejería de Igualdad y Portavocía.
El Decreto 139/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo adscribe, en su artículo 1.2, el
Instituto de la Juventud de Extremadura a dicha Consejería.
Cuarto. El Instituto de la Juventud de Extremadura, creado por Ley 1/2007, de 20 de marzo,
es el órgano responsable de las políticas de juventud en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El Decreto 45/2008, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la
Juventud, establece en su artículo 3, entre las funciones del Instituto de la Juventud, las
siguientes relacionadas con la Administración local:
Jueves 27 de octubre de 2022
51892
como un elemento esencial para el desarrollo presente y futuro de la región. También velarán por
su orientación profesional, su emancipación familiar y su acceso a la vivienda.
Por su parte, el artículo 9, establece como competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, entre otras, las siguientes materias: Infancia y juventud. Protección y
tutela de menores, así como Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y
equipamientos deportivos y otras actividades de ocio.
En sus relaciones con otras Administraciones Públicas, la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se rige por los principios de cooperación y colaboración, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el 3.1.k de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con estos principios, así como con lo dispuesto respecto a las técnicas de
cooperación descritas en el artículo 140.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas, se suscribe el presente Convenio que queda sujeto
al régimen contenido en los 48 y ss., de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 47 y ss., de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Mediante Decreto del Presidente 41/2021, de 3 de diciembre, se modifican la
denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En virtud de este Decreto se crea la Consejería
de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, que, según establece su artículo 3, ejercerá
las competencias en materia de mujer, derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales,
transexuales, transgéneros e intersexuales, así como en materia de juventud y las de cooperación
internacional al desarrollo anteriormente ejercidas por la Consejería de Igualdad y Portavocía.
El Decreto 139/2021, de 21 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo adscribe, en su artículo 1.2, el
Instituto de la Juventud de Extremadura a dicha Consejería.
Cuarto. El Instituto de la Juventud de Extremadura, creado por Ley 1/2007, de 20 de marzo,
es el órgano responsable de las políticas de juventud en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El Decreto 45/2008, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la
Juventud, establece en su artículo 3, entre las funciones del Instituto de la Juventud, las
siguientes relacionadas con la Administración local: