Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022030003)
Decreto del Presidente 3/2022, de 20 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a los programas de actividades de las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
1) D
el 1 Hasta el 10%, 2 puntos.
2) M
ás del 10% Hasta el 20%, 4 puntos.
3) M
ás del 20% Hasta el 30%, 6 puntos.
4) M
ás del 30% Hasta el 40%, 8 puntos.
5) M
ás del 40%, 10 puntos.
51738
e) Por la realización de actividades formativas relacionadas con las nuevas tecnologías de
la información y la comunicación, 6 puntos.
f) Por disponer de página web o ser titular de cuentas en redes sociales, 6 puntos.
Artículo 17. Criterios objetivos de valoración específicos para las comunidades extremeñas en el exterior.
1. Por el número de personas asociadas que componen la comunidad extremeña, a fecha de
presentación de la solicitud de ayuda, según los datos que figuren en el Registro oficial de
comunidades, de acuerdo a la siguiente proporción:
1) M
enos de 60: 2 puntos.
2) E
ntre 60 y 120: 4 puntos.
3) M
ás de 120: 6 puntos.
2. Por la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad
extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de acuerdo con los
datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el Exterior a fecha de presentación de la solicitud de ayuda: 6 puntos.
3. La participación en las juntas directivas de la comunidad de jóvenes que tengan menos de
45 años en el momento de presentarse la solicitud, a fecha de presentación de la solicitud
de ayuda, según los datos que figuren en el Registro oficial de comunidades, de acuerdo
con la siguiente proporción:
1) D
el 1 al 10%: 1 punto.
2) M
ás del 10% hasta el 20%: 2 puntos.
3) M
ás del 20% hasta el 30%: 3 puntos.
Jueves 27 de octubre de 2022
1) D
el 1 Hasta el 10%, 2 puntos.
2) M
ás del 10% Hasta el 20%, 4 puntos.
3) M
ás del 20% Hasta el 30%, 6 puntos.
4) M
ás del 30% Hasta el 40%, 8 puntos.
5) M
ás del 40%, 10 puntos.
51738
e) Por la realización de actividades formativas relacionadas con las nuevas tecnologías de
la información y la comunicación, 6 puntos.
f) Por disponer de página web o ser titular de cuentas en redes sociales, 6 puntos.
Artículo 17. Criterios objetivos de valoración específicos para las comunidades extremeñas en el exterior.
1. Por el número de personas asociadas que componen la comunidad extremeña, a fecha de
presentación de la solicitud de ayuda, según los datos que figuren en el Registro oficial de
comunidades, de acuerdo a la siguiente proporción:
1) M
enos de 60: 2 puntos.
2) E
ntre 60 y 120: 4 puntos.
3) M
ás de 120: 6 puntos.
2. Por la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad
extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de acuerdo con los
datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el Exterior a fecha de presentación de la solicitud de ayuda: 6 puntos.
3. La participación en las juntas directivas de la comunidad de jóvenes que tengan menos de
45 años en el momento de presentarse la solicitud, a fecha de presentación de la solicitud
de ayuda, según los datos que figuren en el Registro oficial de comunidades, de acuerdo
con la siguiente proporción:
1) D
el 1 al 10%: 1 punto.
2) M
ás del 10% hasta el 20%: 2 puntos.
3) M
ás del 20% hasta el 30%: 3 puntos.