Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063188)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de centro de tipificación, homogeneización y comercialización de corderos en régimen intensivo, promovido por Fomento del Ovino Extremeño, SAT n.º 6354, en el término municipal de Villanueva de la Serena. Expte.: IA22/0534.
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NÚMERO 206
Miércoles 26 de octubre de 2022

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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación
del proyecto de centro de tipificación, homogeneización y comercialización de
corderos en régimen intensivo, promovido por Fomento del Ovino Extremeño,
SAT n.º 6354, en el término municipal de Villanueva de la Serena. Expte.:
IA22/0534. (2022063188)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Mediante Resolución de 29 de noviembre de 2019, de la Dirección General de
Sostenibilidad, se formuló declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto
consistente en centro de tipificación, homogeneización y comercialización de corderos en
régimen intensivo, proyecto a ejecutar en el término municipal de Villanueva de la Serena,
siendo su promotora Fomento del Ovino Extremeño, SAT n.º 6354. El número del expediente
por el que se tramitó dicha resolución era el IA 18/0305.
Segundo. El objeto del proyecto consistía en la ampliación de un centro de tipificación,
homogeneización y comercialización de corderos con capacidad para 18.000 plazas. El centro
se ubica en las parcelas 11, 12 y 38 del polígono 604 del término municipal de Villanueva de
la Serena (Badajoz).
Tercero. Con fecha de 4 de abril de 2022, tuvo entrada en el Sistema de Registro Único de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, documento ambiental presentado
por la promotora relativo a la modificación del proyecto inicialmente sometido a evaluación
de impacto ambiental ordinaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que establece que “Los promotores que pretendan introducir modificaciones de
proyectos incluidos en el anexo IV deberán presentar ante el órgano ambiental un documento
ambiental con el contenido recogido en el artículo 80 de la presente ley”.
Cuarto. Con fecha 3 de mayo de 2022, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si
han emitido informe en relación con el documento ambiental: