Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Cambio Climático. Ayudas. (2022050189)
Orden de 18 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA Cambio Clímático), para actuaciones encaminadas a la lucha contra el cambio climático en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a municipios y entidades locales menores, con tamaño inferior a 100.000 habitantes.
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NÚMERO 206

51553

Miércoles 26 de octubre de 2022

A N EX O II
SO L IC IT U D D E A Y U D A
SU B V EN C I O N ES P A R A A C T U A C IO N ES EN C A M I N A D A S A L A A D A P T A C IÓ N A L C A M B IO C L IM Á T IC O D E
EN T I D A D E S L O C A L E S, EN T I D A D ES Q U E A G R U P A N M U N I C IP IO S Y M U N IC IP I O S D E M E N O S D E 1 00.0 00
H A B IT A N T ES
1 . -E N T ID A D S O L IC IT A N T E
EN T I D A D S O L IC IT A N T E D E L A A Y U D A :
C IF :
D IR EC C I O N :
M U N IC IP I O :
C P:
P R O V IN C IA :
C O R R E O EL EC T R Ó N IC O :
T EL F:
FA X :
2 . -D A T O S D E L A P E R S O N A R E P R E S E N T A N T E L E G A L
A P EL L ID O S:
N O M B R E:
N IF :
C A R Á C T ER D E L A R EP R E SE N T A C IÓ N :
C O R R E O EL EC T R Ó N IC O :
T EL F:
2 . - L ÍN E A D E A Y U D A S O L IC IT A D A (S E Ñ A L A R S O L A M E N T E U N A )
L ÍN EA :

Línea 1. Ayudas para aplicación de actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio
climático de espacios urbanos y periurbanos.

Línea 2. Diseño e implementación de zonas de bajas emisiones en municipios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes.
3.- P R E SU P U EST O Y A Y U D A S O L IC IT A D A
P R E SU P U EST O D E L A A C C IÓ N :
IM P O R T E D E L A A Y U D A S O L IC IT A D A :
La persona que suscribe (persona física o persona representante de la entidad) la presente solicitud,
DECLARA
1. Que en aplicación de lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura:
a) La persona que solicita no ha sido condenado mediante sentencia firme a la pérdida de posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas, o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico
de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
b) La persona que solicita no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la
normativa vigente.
c) La persona que solicita se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del
Estado o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y no tiene deudas con la Hacienda de
la Comunidad Autónoma, en la forma que se determine reglamentariamente.
d) La persona que solicita se encuentra al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
e) La persona que solicita no ha sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones según la Ley 6/2011, de 23 de marzo, o la Ley General Tributaria.
f) En el caso de entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 10.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ninguna de las personas que forman parte se halla
incurso en ninguna de las prohibiciones de los apartados anteriores.