Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Cambio Climático. Ayudas. (2022050189)
Orden de 18 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA Cambio Clímático), para actuaciones encaminadas a la lucha contra el cambio climático en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a municipios y entidades locales menores, con tamaño inferior a 100.000 habitantes.
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NÚMERO 206
Miércoles 26 de octubre de 2022

51543

2. L
 a resolución que ponga fin al procedimiento contendrá la entidad solicitante y/o relación
de entidades solicitantes a los que se concede la subvención, la actividad subvencionada,
las obligaciones impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, debiendo hacerse constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las
solicitudes, la cantidad de la ayuda otorgada e indicándose las consecuencias derivadas del
incumplimiento de estas.
3. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la comunidad autónoma de
Extremadura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento del artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, con expresión
de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, la entidad beneficiaria, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención.
4. L
 as resoluciones del procedimiento de concesión no agotan la vía administrativa y contra
ellas podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería para
la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, de conformidad con los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si el acto no fuera expreso, la entidad interesada
podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel
en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Artículo 14. Importe subvencionable.
1. L
 ínea 1. Ayudas para aplicación de actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos.
La intensidad de la ayuda será de hasta el 90% del proyecto subvencionable presentado
por la entidad beneficiaria, hasta una cuantía máxima de ayuda de 20.000 euros por entidad, lo que supone un gasto total mínimo para la entidad beneficiaria de 22.222,22 euros.
2. Línea 2. Diseño e implementación de zonas de bajas emisiones en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes.
La intensidad de la ayuda será de hasta el 90% del proyecto subvencionable presentado
por la entidad beneficiaria para el diseño o la implementación de la zona de bajas emisiones, hasta una cuantía máxima de ayuda de 50.000 euros por entidad, lo que supone un
gasto total mínimo para la entidad beneficiaria de 55.555,55 euros.