Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Atención A Las Familias. Subvenciones. (2022063103)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias para las anualidades 2022 a 2024.
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NÚMERO 205
Martes 25 de octubre de 2022



51411

— aplicación presupuestaria: 252A/G/46000, para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925,00 €.



— aplicación presupuestaria: 252A/G/46100, para mancomunidades, con una dotación
presupuestaria de 2.175.536,00 €.

Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para el ejercicio
2023, la cantidad de dos millones novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y
un euros (2.956.461 euros), dentro del Proyecto de gasto 20070158 “Programa de Intervención con Familias”.


— aplicación presupuestaria: 252A/G/46000, para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925,00 €.



— aplicación presupuestaria 252A/G/46100, para mancomunidades, con una dotación
presupuestaria de 2.175.536,00 €.

Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para el ejercicio
2024, la cantidad de dos millones novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y
un euros (2.956.461 euros), dentro del Proyecto de gasto 20070158 “Programa de Intervencion con Familias”.


— aplicación presupuestaria: 252A/G/46000, para municipios, con una dotación presupuestaria de 780.925,00 €.



— aplicación presupuestaria 252A/G/46100, para mancomunidades, con una dotación
presupuestaria de 2.175.536 €.

2. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de
la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Noveno. Cuantía a subvencionar.
1. El importe de la subvención que se conceda por parte de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para financiar los gastos derivados de la ejecución de los PAF
será una cantidad fija, determinada en la forma establecida en los apartados siguientes.
2. Para cada mancomunidad se establecen las siguientes cuantías por anualidad, en función
del número de municipios que la integren y el número de profesionales que formen parte