Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2022062811)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51264
Sexto. Plazo de solicitud y documentación a acompañar .
1. E
l plazo para presentar solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación, de esta convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura. Solo podrá
presentarse una solicitud por entidad promotora.
2. L
as solicitudes suscritas por la persona que ostenta la representación legal de la entidad
irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo y se forma
lizarán de acuerdo con el modelo normalizado que se establece como anexo de solicitud del
presente programa estando disponible para su cumplimentación en el Portal de Empleo de
la Junta de Extremadura, en la dirección electrónica www.extremaduratrabaja.juntaex.es
o página que la sustituya.
Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación correspondiente,
se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán a la Consejería con
competencias en materia de empleo.
La información referente al trámite estará disponible para los interesados en el punto de
acceso general de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
3. C
ada entidad podrá presentar como máximo una sola solicitud por convocatoria. En caso de
presentarse más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la que tenga el registro
de entrada con fecha posterior.
4. L
a solicitud, según modelo del anexo de solicitud del presente programa, incluirá la decla
ración responsable de la persona que ostenta la representación legal en la que se acredite
la solvencia de la entidad y la disponibilidad de los medios a los que obliga el artículo 86
del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.
5. La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
a. Copia simple de la escritura pública de constitución de la entidad y de los correspon
dientes estatutos y, en su caso, de modificación, todo ello inscrito en el registro corres
pondiente, salvo que ésta ya figure en poder de la Administración, en cuyo caso deberá
indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar
en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
b. C
opia simple del NIF de la entidad y del DNI de la persona que actúa en nombre y re
presentación de la persona jurídica solicitante, cuando la entidad se oponga a que la
comprobación se realice de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de
Lunes 24 de octubre de 2022
51264
Sexto. Plazo de solicitud y documentación a acompañar .
1. E
l plazo para presentar solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación, de esta convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura. Solo podrá
presentarse una solicitud por entidad promotora.
2. L
as solicitudes suscritas por la persona que ostenta la representación legal de la entidad
irán dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo y se forma
lizarán de acuerdo con el modelo normalizado que se establece como anexo de solicitud del
presente programa estando disponible para su cumplimentación en el Portal de Empleo de
la Junta de Extremadura, en la dirección electrónica www.extremaduratrabaja.juntaex.es
o página que la sustituya.
Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación correspondiente,
se presentarán en la web https://sede.gobex.es/SEDE/ y se dirigirán a la Consejería con
competencias en materia de empleo.
La información referente al trámite estará disponible para los interesados en el punto de
acceso general de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
3. C
ada entidad podrá presentar como máximo una sola solicitud por convocatoria. En caso de
presentarse más de una solicitud, únicamente se tendrá en cuenta la que tenga el registro
de entrada con fecha posterior.
4. L
a solicitud, según modelo del anexo de solicitud del presente programa, incluirá la decla
ración responsable de la persona que ostenta la representación legal en la que se acredite
la solvencia de la entidad y la disponibilidad de los medios a los que obliga el artículo 86
del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.
5. La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
a. Copia simple de la escritura pública de constitución de la entidad y de los correspon
dientes estatutos y, en su caso, de modificación, todo ello inscrito en el registro corres
pondiente, salvo que ésta ya figure en poder de la Administración, en cuyo caso deberá
indicarse en el apartado correspondiente en la solicitud de subvención, haciendo constar
en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos.
b. C
opia simple del NIF de la entidad y del DNI de la persona que actúa en nombre y re
presentación de la persona jurídica solicitante, cuando la entidad se oponga a que la
comprobación se realice de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de