Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2022062811)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51263
Tercero. Personas destinatarias de las acciones.
1. L
as personas a atender a través de la presente convocatoria deberán ser mujeres
demandantes de empleo, inscritas como desempleadas en los Centros de Empleo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, residentes preferentemente en municipios de
menos de 5000 habitantes.
2. L
a solicitud de las personas destinatarias al centro de empleo se realizará mediante la
presentación de la correspondiente oferta de actividad o herramienta que le sustituya, por
parte de la entidad beneficiaria de la subvención. El sondeo de demandantes será realizado
por personal técnico del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Cuarto. Localización de las actuaciones.
1. L
as entidades deberán solicitar de manera ordenada por prioridad todos los grupos de Cen
tros de Empleo establecidos en este punto, siendo su adjudicación por orden de puntuación
obtenida en la concurrencia competitiva.
Grupo 1: Cáceres Urbana, Trujillo, Cañamero.
Grupo 2: Plasencia, Jaraíz de la Vera, Hervás.
Grupo 3: Badajoz San Roque, Badajoz Comarcal, Valencia de Alcántara.
Grupo 4: Mérida Integrada, Guareña, Barcarrota.
Grupo 5: Badajoz Juan Carlos I, Olivenza.
Grupo 6: Montijo, Fregenal de la Sierra, Alburquerque.
Grupo 7: Navalmoral de la Mata, Talayuela, Coria, Hoyos, Casar De Palomero.
2. L
as acciones se podrán desarrollar en todas las localidades que pertenezcan a los Centros
de Empleo.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concu
rrencia competitiva y convocatoria periódica, en los términos previstos en el capítulo II del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Lunes 24 de octubre de 2022
51263
Tercero. Personas destinatarias de las acciones.
1. L
as personas a atender a través de la presente convocatoria deberán ser mujeres
demandantes de empleo, inscritas como desempleadas en los Centros de Empleo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, residentes preferentemente en municipios de
menos de 5000 habitantes.
2. L
a solicitud de las personas destinatarias al centro de empleo se realizará mediante la
presentación de la correspondiente oferta de actividad o herramienta que le sustituya, por
parte de la entidad beneficiaria de la subvención. El sondeo de demandantes será realizado
por personal técnico del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Cuarto. Localización de las actuaciones.
1. L
as entidades deberán solicitar de manera ordenada por prioridad todos los grupos de Cen
tros de Empleo establecidos en este punto, siendo su adjudicación por orden de puntuación
obtenida en la concurrencia competitiva.
Grupo 1: Cáceres Urbana, Trujillo, Cañamero.
Grupo 2: Plasencia, Jaraíz de la Vera, Hervás.
Grupo 3: Badajoz San Roque, Badajoz Comarcal, Valencia de Alcántara.
Grupo 4: Mérida Integrada, Guareña, Barcarrota.
Grupo 5: Badajoz Juan Carlos I, Olivenza.
Grupo 6: Montijo, Fregenal de la Sierra, Alburquerque.
Grupo 7: Navalmoral de la Mata, Talayuela, Coria, Hoyos, Casar De Palomero.
2. L
as acciones se podrán desarrollar en todas las localidades que pertenezcan a los Centros
de Empleo.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concu
rrencia competitiva y convocatoria periódica, en los términos previstos en el capítulo II del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.