Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063106)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA19/0492.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

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do en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y el artículo 11 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, está integrada en el acto administrativo
de la autorización ambiental integrada. Por consiguiente, los valores límite de emisión
(VLE), los sistemas, procedimientos y prescripciones que deben establecerse para reducir la contaminación atmosférica se detallarán en la preceptiva Autorización Ambiental Integrada.
Además de la chimenea de la caldera, existen otros focos de emisión en las operaciones
de almacenamiento, manejo y tratamiento de la biomasa. Estos focos, a diferencia del
foco de la caldera, solamente emiten partículas por lo que están conectados a un sistema de filtros de mangas, que debe reducir la concentración de partículas a valores por
debajo de los establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la
mejora de la calidad del aire.
La caldera empleará como combustible biomasa de origen agrícola/forestal; biomasa
sólida procedente de la industria de elaboración de alimentos, como el orujillo1 (industria agroalimentaria designada en adelante como biomasa procedente de residuos industriales) y en menor medida biomasa procedente de restos de madera sin tratamiento previo (ausente de metales y compuestos organohalogenados). Como combustible
auxiliar, para arranques de la caldera, se utilizará gasoil.
Los principales contaminantes emitidos por la caldera son partículas, óxidos de nitrógeno y dióxido de azufre. Las emisiones de dióxido de azufre dependen fundamentalmente del contenido en azufre del combustible y no del diseño, tamaño y operación
de los equipos. En el caso de la formación de óxidos de nitrógeno intervienen dos mecanismos; por una parte, se oxida el nitrógeno contenido en el combustible y por otra
parte se puede producir la oxidación del nitrógeno del aire de combustión (óxidos de
nitrógeno térmicos). La formación de óxidos de nitrógeno provenientes del combustible
es función de su contenido en nitrógeno y del oxígeno disponible, en general, el 45 %
de este nitrógeno origina óxidos de nitrógeno, pero esta cifra puede variar entre el 20
y el 70 %. Sin embargo, la formación de óxidos de nitrógeno térmicos es principalmente función de la temperatura y oxígeno disponible, factores que dependen del tamaño
del equipo, modo de operación y configuración de los quemadores. Finalmente, pueden producirse emisiones residuales o minoritarias de otras especies contaminantes,
como pueden ser de amoníaco, a consecuencia del sistema de reducción no catalítica
de óxidos de nitrógeno, o bien de trazas de HCl, HF, Hg, dadas las características de la
biomasa a emplear.