Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063109)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de una instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (termosolar) de 49,9 MW, La Dehesa, promovida por Renovables Samca, SA, en término municipal de La Garrovilla.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51201
Junto con la memoria referida en el apartado g.2. de la presente resolución, el titular de la
instalación habrá de presentar, para su aprobación por parte de la DGS, un plan de control y
seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo, que se aplicará
desde el inicio de la actividad.
En el plazo de 2 años desde el inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá presentar un nuevo informe de situación, actualizando la información suministrada de
conformidad con lo establecido en el artículo 3.4. del Real Decreto 9/2005.
Asimismo, en los supuestos de ampliación, modificación y clausura de las instalaciones; y en
las sucesivas renovaciones de la AAU, el titular de la instalación industrial estará obligado a
remitir a la DGS informes de situación.
El informe de situación contemplará, al menos, los siguientes aspectos: accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo; identificación de nuevas áreas en las que exista posibilidad
de contaminación y resultados de la aplicación del plan de control y seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo.
Una vez examinado cada informe de situación, la DGS podrá requerir informes complementarios más detallados, incluyendo muestreos y análisis que permitan evaluar el grado de
contaminación del suelo.
Ruidos:
Durante las pruebas de funcionamiento previas al inicio de la actividad, se procederá a la
medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en esta
resolución.
Posteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en
esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos en las siguientes circunstancias:
Justo antes de cada renovación de la AAU.
Justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificación de la
instalación que pueda afectar a los niveles de ruidos.
El titular de la instalación industrial debe comunicar, con una antelación de, al menos, una semana, el día que se llevarán a cabo las mediciones de ruidos referidas en el apartado anterior,
cuyos resultados serán remitidos a la DGS en el plazo de un mes desde la medición o junto
con la solicitud de renovación de la AAU.
Las mediciones de ruidos se realizarán mediante los procedimientos y condiciones establecidos en la normativa vigente en la materia.
Lunes 24 de octubre de 2022
51201
Junto con la memoria referida en el apartado g.2. de la presente resolución, el titular de la
instalación habrá de presentar, para su aprobación por parte de la DGS, un plan de control y
seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo, que se aplicará
desde el inicio de la actividad.
En el plazo de 2 años desde el inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá presentar un nuevo informe de situación, actualizando la información suministrada de
conformidad con lo establecido en el artículo 3.4. del Real Decreto 9/2005.
Asimismo, en los supuestos de ampliación, modificación y clausura de las instalaciones; y en
las sucesivas renovaciones de la AAU, el titular de la instalación industrial estará obligado a
remitir a la DGS informes de situación.
El informe de situación contemplará, al menos, los siguientes aspectos: accidentes o irregularidades ocurridas sobre el suelo; identificación de nuevas áreas en las que exista posibilidad
de contaminación y resultados de la aplicación del plan de control y seguimiento de los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo.
Una vez examinado cada informe de situación, la DGS podrá requerir informes complementarios más detallados, incluyendo muestreos y análisis que permitan evaluar el grado de
contaminación del suelo.
Ruidos:
Durante las pruebas de funcionamiento previas al inicio de la actividad, se procederá a la
medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en esta
resolución.
Posteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en
esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos en las siguientes circunstancias:
Justo antes de cada renovación de la AAU.
Justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificación de la
instalación que pueda afectar a los niveles de ruidos.
El titular de la instalación industrial debe comunicar, con una antelación de, al menos, una semana, el día que se llevarán a cabo las mediciones de ruidos referidas en el apartado anterior,
cuyos resultados serán remitidos a la DGS en el plazo de un mes desde la medición o junto
con la solicitud de renovación de la AAU.
Las mediciones de ruidos se realizarán mediante los procedimientos y condiciones establecidos en la normativa vigente en la materia.