Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063109)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de una instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (termosolar) de 49,9 MW, La Dehesa, promovida por Renovables Samca, SA, en término municipal de La Garrovilla.
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NÚMERO 204

51197

Lunes 24 de octubre de 2022

El titular de la planta deberá llevar un autocontrol de sus focos de emisión a la atmósfera,
que incluirá el seguimiento de los valores de emisión de contaminantes sujetos a control en
esta AAU. Para ello, podrá contar con el apoyo de organismos de control autorizado (OCA). En
el caso de que los medios empleados para llevar a cabo las analíticas fuesen los de la propia
instalación, estos medios serán los adecuados y con el mismo nivel exigido a un OCA. La frecuencia de estos autocontroles será la siguiente:
FOCOS

(1)

FRECUENCIA DEL CONTROL INTERNO O AUTOCONTROL

1, 2 y 3

Al menos, cada año

4 y 12

Al menos, cada año y medio

9 y 13
(1)

Cada seis meses, los dos primeros años tras la resolución de AAU
Cada año, posteriormente

Según numeración indicada en el apartado b.2

A efectos de cumplimiento de la frecuencia establecida en este punto, los controles externos
podrán computar como autocontroles.
Se llevará a cabo un seguimiento de la calidad del aire ambiente que cumplirá con las siguientes prescripciones:
Tipo de sistema de
monitorización

Sistema en continuo

Sistema en
discontinuo

Parámetro a monitorizar

Concentración de benceno en aire ambiente (µg/m3)

-

Número de puntos de
muestreo y ubicación de
los mismos (1)

Al menos, 2 puntos de muestreo, ubicados a límite de la
termosolar y alrededor de ésta, uniformemente distanciadas entre si

-

Transferencia de datos

Conexión en tiempo real con la Red Extremeña de Protección e Investigación de la Calidad del Aire (REPICA) según
las especificaciones que en cada momento determine la
Sección de Sostenibilidad Ambiental de la DGS

-

Frecuencia de muestreo y
En continuo
tiempo de muestreo

-

Sistema de muestreo y
medición

Método de referencia establecido en el anexo VII del Real
Decreto 102/2011, de 28 de enero

-

Ejecución

La calibración del sistema automático de medida deberá
realizarse trimestralmente mediante cinco parejas de valores, uniformemente distribuidas en el rango de medición (2),
correspondientes a las mediciones en continuo y a las mediciones de un patrón de referencia. Además, mensualmente se comprobará la calibración mediante dos parejas de
valores. La calibración podrá realizarla el titular de la AAU,
aunque podrá contar con el apoyo de OCA (3)

La microimplantación de los puntos de muestreo, en ambos casos, cumplirá con los requisitos del anexo III del
Real Decreto 102/2011, de 28 de enero.
(2)
El rango de medición será adecuado al criterio de calidad del aire del contaminante monitorizado.
(3)
En el caso de que los medios empleados fuesen los de la propia instalación, éstos serán los adecuados y con el
mismo nivel exigido a un OCA.
(1)