Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062980)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Riolobos, por el que se concede una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

51061

1. E
 l Ayuntamiento de Riolobos destinará la ayuda concedida por la Junta de Extremadura a
la realización del proyecto que fundamenta la concesión de la presente subvención, conforme a la memoria de actuaciones aprobada, comprometiéndose al cumplimiento de toda
la normativa aplicable. En ningún caso el coste de realización de las actuaciones podrá ser
superior al valor de mercado.
2. L
 a memoria de actuaciones y presupuesto del presente convenio podrá sufrir modificaciones previa petición por parte del Ayuntamiento de Riolobos, siempre que se cuente con
la autorización de la consejería. Dicha modificación se tramitará a través de la oportuna
adenda al presente convenio.
La petición del Ayuntamiento deberá explicitar las circunstancias que, como consecuencia
de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención,
justifican la necesidad de modificar la subvención.
3. E
 l Ayuntamiento asumirá las obligaciones que para los beneficiarios de subvenciones establece la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo
de su cuenta cuantas obligaciones fiscales y responsabilidades de cualquier índole resulten
de la aplicación de este convenio.
4. U
 na vez recibidas las aportaciones por parte de la Junta de Extremadura, el ayuntamiento
certificará haber registrado en su contabilidad el expresado importe con la finalidad objeto
del presente convenio.
Séptima. Gastos subvencionables.
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se consideran gastos subvencionables aquellos que
de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en ejecución del objeto del presente convenio desde el 1
de enero de 2022 y hasta la finalización de su vigencia.
No serán subvencionables aquellos gastos que no hubieren sido previstos en la documentación técnica del proyecto subvencionado por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio.
Octava. Forma de pago y justificación.
— Forma de pago:
1. Un primer pago anticipado del 50 % a la firma del convenio.