Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso De Traslados. (2022050180)
Orden de 11 de octubre de 2022 por la que se convoca y regula el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes de Jefe/a de Retén adscritos al Plan Infoex de la Junta de Extremadura, por el procedimiento de concurso de méritos específico.
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NÚMERO 201
Miércoles 19 de octubre de 2022

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finitivo puestos de la extinta Categoría y Especialidad. Además, en dicha convocatoria de
traslado, estos trabajadores tendrán preferencia para la obtención de un puesto de trabajo
en la misma localidad donde tenían su destino en la mencionada fecha. Este derecho de
preferencia sólo podrá ser ejercido por una única vez.
Por tanto, los trabajadores que provenientes de la extinta Categoría de Oficial Segunda,
Especialidad Lucha contra Incendios, hayan adquirido la Categoría de Bombero/a Forestal
Conductor/a, conforme a lo previsto en el párrafo anterior, hagan uso del derecho preferente
a obtener destino en la localidad donde prestaban sus servicios con carácter definitivo
expresarán esta circunstancia en su solicitud, debiendo solicitar todos los puestos de dicha
localidad. Si no hicieran uso de tal derecho, o ejerciéndolo, no solicitaran todos los puestos
de la localidad, se les considerará decaídos en el ejercicio de dicho derecho preferente.
4. Podrán participar en la presente convocatoria los trabajadores que se encuentren en cualquier situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios por interés particular en
tanto cumplan el período mínimo de dos años en dicha situación, y los suspensos en firme
mientras dure la suspensión.
5. Los trabajadores en situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad podrán participar, teniendo dicha participación la consideración de reingreso al servicio activo conforme a
lo establecido en el artículo 27 del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio
de la Junta de Extremadura.
6. Los trabajadores en situación de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán
participar si a la fecha referida en el apartado 2 de la presente base, llevaran en dicha
excedencia el tiempo mínimo requerido según las condiciones en las que se les concedió.
Los trabajadores en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar sólo podrán
participar si a la fecha a que se refiere el apartado 2 de la presente base, llevaran dos
años, en dicha situación.
7. Los trabajadores en situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares y los
que se encuentren en excedencia forzosa, y que tuvieran reservado puesto de trabajo,
sólo podrán participar si a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes
para la resolución correspondiente, ha transcurrido el mínimo de un año desde la fecha de
publicación de la resolución por la que obtuvieron el último destino definitivo desde el que
participan y que tienen reservado.
8. L
 os trabajadores que hubieran obtenido mediante permuta el destino definitivo desde el
que participan, sólo podrán participar en el presente concurso si a la fecha de terminación
del plazo de presentación de solicitudes para la resolución correspondiente ha transcurrido
el mínimo de un año desde la fecha de efectos de la referida permuta.