Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Delegación De Competencias. Elecciones. (2022063049)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se delegan determinadas competencias en la Coordinadora General de la Junta de Extremadura en las elecciones a la Asamblea de Extremadura y en las elecciones de vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores de Extremadura de 2023.
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NÚMERO 200
Martes 18 de octubre de 2022

II

50058

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y
Consejera, por la que se delegan determinadas competencias en la
Coordinadora General de la Junta de Extremadura en las elecciones a la
Asamblea de Extremadura y en las elecciones de vocales de las Juntas Vecinales
de las entidades locales menores de Extremadura de 2023. (2022063049)
Por Decreto del Presidente 6/1991, de 4 de marzo, se atribuye al entonces Consejero de
Presidencia la competencia para ejercer las actividades necesarias en el desarrollo del proceso
electoral de las elecciones a la Asamblea de Extremadura. En la actualidad, atendiendo a la
distribución de competencias entre las consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, operada por Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de
diciembre, estas competencias recaen en la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y
Administración Pública. En los mismos términos se expresa el Decreto del Presidente 1/2011,
de 10 de marzo, en lo relativo al proceso electoral para la elección de vocales de las Juntas
Vecinales de las entidades locales menores de Extremadura.
Por su parte, el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
y de modificación del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la
Junta de Extremadura, en el apartado 1 de su artículo 3, atribuye a la Secretaría General la
coordinación de los procesos electorales competencia de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Con base a todo lo anterior, en la actualidad las funciones de Coordinador/a General de la
Junta de Extremadura en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, y en las elecciones
de vocales de las Juntas Vecinales de las entidades locales menores de Extremadura de
2023, las ostenta la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública.
El Decreto del Presidente 6/1991, de 4 de marzo; así como el Decreto del Presidente 1/2011,
de 10 de marzo, permiten a la Vicepresidencia Primera y Consejera de Hacienda delegar