Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Denominación De Origen. (2022040188)
Decreto 128/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida "Aceite Villuercas Ibores Jara".
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NÚMERO 200
Martes 18 de octubre de 2022

I

50026

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

DECRETO 128/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento
de la Denominación de Origen Protegida "Aceite Villuercas Ibores Jara".
(2022040188)

Con fecha de 6 de julio de 2021, la agrupación “Asociación promotora Denominación de
Origen Aceite Villuercas Ibores Jara”, con sede en Valdelacasa de Tajo (Cáceres), presentó
una solicitud de inscripción del nombre “Aceite Villuercas Ibores Jara” en el Registro de
Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) de la Unión Europea, al que se refiere el artículo
11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de
noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.
Tras comprobarse que la solicitud estaba justificada y cumplía las condiciones para continuar
su tramitación, la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura,
como órgano competente en esta materia, adoptó e hizo pública la decisión favorable en
relación con la solicitud de inscripción del nombre “Aceite Villuercas Ibores Jara”, mediante
Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Director General de Agricultura y Ganadería
(“Diario Oficial de Extremadura” n.º 249, de 29 de diciembre de 2021). Después de publicar
la antedicha decisión favorable, se remitió el expediente al Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación, a los efectos de la transmisión de la solicitud de inscripción a la Comisión
Europea, que lo recibió el 3 de febrero de 2022, asignándole el número de referencia PDOES-02828.
Con fecha de 22 de junio 2022, la agrupación “Asociación promotora Denominación de Origen
Aceite Villuercas Ibores Jara” solicitó la concesión de la Protección Nacional Transitoria al
nombre “Aceite Villuercas Ibores Jara”. En consecuencia, mediante Resolución de 24 de junio
de 2022, del Director General de Agricultura y Ganadería, se ha concedido la Protección
Nacional Transitoria a la Denominación de Origen Protegida “Aceite Villuercas Ibores Jara”
(Diario Oficial de Extremadura n.º 128, de 5 de julio de 2022), al amparo del mencionado
artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012, así como del artículo 17 del Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las
solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones
geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, en la redacción dada
por el Real Decreto 149/2014, de 7 de marzo. También con esa misma fecha la agrupación
promotora ha presentado la propuesta de Reglamento de la DOP.
En efecto, la Ley 4/2010, de 28 de abril, de Consejos Reguladores de las Denominaciones
de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura, dispone,