Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062918)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 199
Lunes 17 de octubre de 2022

49967

Décimo segunda. Justificación del gasto de las actuaciones correspondientes a los
Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
1. L
 a documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento de
la realización del objeto de la subvención será:
a) Certificado expedido por la intervención o, en su defecto, el órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad del Ayuntamiento, en el que se
relacionarán los importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los
importes correspondientes a las ayudas recibidas, acreditando la veracidad en términos
contables y presupuestarios.
b) Memoria económica en la que se desglose el importe total de la actuación por vivienda
así como el relativo a las actuaciones sobre el medio urbano (regeneración o renovación
urbanas), así como el resto de gastos subvencionables previstos en el presente convenio.
c) Verificación de la mejora en términos de eficiencia energética. Esta verificación del
cumplimiento de los requisitos de mejora establecidos en el artículo 14.1.a) del Real
Decreto 853/2021, de 5 de noviembre, de reducción del consumo de energía primaria
no renovable, reducción de la demanda global de calefacción y refrigeración, y/o de la
mejora de la calificación energética, según corresponda, se realizará tanto ex ante como
ex post, mediante la comparación del certificado de eficiencia energética de cada edificio
o vivienda antes y después de la actuación.
Estos certificados, regulados por el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, deben haberse realizado con el mismo programa reconocido de certificación y estar registrados en
el órgano competente de la comunidad autónoma que también realiza su inspección y
control, y serán emitidos por técnicos competentes. Se deberán incluir los porcentajes
de contribución al etiquetado verde y digital a los que darían cumplimiento los proyectos y remitir la documentación justificativa, haciendo hincapié en el cumplimiento de la
normativa europea y nacional aplicable, especialmente, en materia de fraude, conflictos
de intereses, corrupción, doble financiación y ayudas de Estado.
d) 
Informe y declaración de gestión previsto en el artículo 12 y 13 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicho informe se deberán
cumplimentar los Anexos II.B.1. y siguientes, así como el reporte de datos que estará
a disposición de las personas interesadas en la web del Portal del Ciudadano: https://
ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites.
e) En el caso de que las actuaciones requieran proyecto, el proyecto de la obra realmente
ejecutada.