Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062918)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 199
Lunes 17 de octubre de 2022

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5. Para la determinación de las cuantías máximas de ayuda indicadas en los apartados anteriores, podrán considerarse todos los costes debidamente acreditados que correspondan a
actuaciones subvencionables. No se podrán incluir los impuestos, tasas o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
Décima. Obligaciones del Ayuntamiento de Badajoz.
1. El Ayuntamiento queda obligados a:
a) Delimitar el ERRP en el plazo máximo de 3 meses desde la suscripción del presente
Convenio.
b) Ejecutar las actuaciones contempladas en el convenio, cuando proceda, de acuerdo con
los reglamentos técnicos y de seguridad que le sean de aplicación, obteniendo todas las
autorizaciones administrativas. De este modo, queda asumido por el beneficiario que el
proyecto que desarrolle se debe ajustar en todos los extremos a la normativa vigente,
tanto técnica como urbanística o de cualquier otra naturaleza, que en relación a la actuación presentada le sea aplicable.
c) Facilitar cualquier documento, información o inspección que la Dirección General competente en materia de Arquitectura y Calidad de la Edificación considere necesario para
el control del cumplimiento de los fines previstos, así como todos los documentos justificativos de los gastos subvencionados.
d) Someterse a cualquier actuación de control financiero que corresponda a la Intervención
de la Junta de Extremadura, en relación con las ayudas y subvenciones concedidas.
e) C
 omunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
f) Actualizar la documentación presentada que hubiese sufrido alguna modificación o cuya
vigencia hubiese finalizado con anterioridad a la liquidación de la subvención.
g) Cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre y en el artículo 13 de la ley 6/2011, así como con los requisitos y condiciones establecidas en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Seguimiento.
h) Respetar el principio de DNSH y el etiquetado climático y digital, conforme a lo previsto
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo,