Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062918)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 199
Lunes 17 de octubre de 2022
49953
2. Entre las actuaciones subvencionables se incluirán aquellos gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de actuaciones anteriores, incluyendo los de la gestión inherente al
desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados, los de honorarios de los profesionales
intervinientes, los de redacción de los proyectos y dirección de obra, certificados e informes
técnicos, los derivados de la tramitación administrativa, actuaciones de realojo temporal
de ocupantes, acompañamiento social y otras similares, vinculadas a las actuaciones de
desarrollo del ERRP.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
3. Resultarán subvencionables las actuaciones siempre que cumplan los requisitos que se exigen y dentro de la disponibilidad presupuestaria del Convenio, y el inicio de las actuaciones
subvencionables sea posterior al 1 de febrero de 2020.
Séptima. Procedimiento de concesión de la ayuda y plazos de ejecución del convenio.
1. La concesión de la ayuda al Ayuntamiento de Badajoz, se hace de forma directa, previa
solicitud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, y en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, al concurrir
razones de interés social y económico que dificultan su convocatoria pública, tal y como
pone de manifiesto el real decreto.
Los objetivos del real decreto son, entre otros, impulsar la actividad de rehabilitación como
pieza clave en la reactivación del sector de la construcción e inmobiliario y la lucha contra
la pobreza energética. Se pretende financiar la realización de obras de rehabilitación en
edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares,
y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación
denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente
delimitados por el Ayuntamiento renovando y mejorando viviendas y entornos residenciales en aras a la reducción del consumo de energía y de las emisiones.
Para la consecución de dichos objetivos, la actuación del Ayuntamiento, como entidad territorial, es determinante para atender la necesidad específica y pionera en el casco de la
ciudad de Badajoz, tanto de rehabilitar integralmente las viviendas que allí se encuentren,
como de regenerar el espacio urbano inmediato. El potencial de este programa se multiplica exponencialmente como instrumento de difusión, si se circunscribe al ámbito específico
de actuación del Ayuntamiento de Badajoz, ejerciendo un efecto multiplicador dentro del
municipio.
Lunes 17 de octubre de 2022
49953
2. Entre las actuaciones subvencionables se incluirán aquellos gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de actuaciones anteriores, incluyendo los de la gestión inherente al
desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados, los de honorarios de los profesionales
intervinientes, los de redacción de los proyectos y dirección de obra, certificados e informes
técnicos, los derivados de la tramitación administrativa, actuaciones de realojo temporal
de ocupantes, acompañamiento social y otras similares, vinculadas a las actuaciones de
desarrollo del ERRP.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial.
3. Resultarán subvencionables las actuaciones siempre que cumplan los requisitos que se exigen y dentro de la disponibilidad presupuestaria del Convenio, y el inicio de las actuaciones
subvencionables sea posterior al 1 de febrero de 2020.
Séptima. Procedimiento de concesión de la ayuda y plazos de ejecución del convenio.
1. La concesión de la ayuda al Ayuntamiento de Badajoz, se hace de forma directa, previa
solicitud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, y en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, al concurrir
razones de interés social y económico que dificultan su convocatoria pública, tal y como
pone de manifiesto el real decreto.
Los objetivos del real decreto son, entre otros, impulsar la actividad de rehabilitación como
pieza clave en la reactivación del sector de la construcción e inmobiliario y la lucha contra
la pobreza energética. Se pretende financiar la realización de obras de rehabilitación en
edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares,
y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación
denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente
delimitados por el Ayuntamiento renovando y mejorando viviendas y entornos residenciales en aras a la reducción del consumo de energía y de las emisiones.
Para la consecución de dichos objetivos, la actuación del Ayuntamiento, como entidad territorial, es determinante para atender la necesidad específica y pionera en el casco de la
ciudad de Badajoz, tanto de rehabilitar integralmente las viviendas que allí se encuentren,
como de regenerar el espacio urbano inmediato. El potencial de este programa se multiplica exponencialmente como instrumento de difusión, si se circunscribe al ámbito específico
de actuación del Ayuntamiento de Badajoz, ejerciendo un efecto multiplicador dentro del
municipio.