Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062939)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022 y 2023.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
49830
que deben acompañar a su solicitud; la cuantía y abono de la ayuda pública; y las obligaciones que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso
la normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las subvenciones del Programa de ayuda al alquiler de vivienda será el de concesión directa, mediante convocatoria
abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la secretaría general competente, de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde a la Secretaría General realizar la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos
23.1 y 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 5 de octubre 2022,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar, para los ejercicios 2022 y 2023, la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulado en el Real Decreto 42/2022,
de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso
a la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de enero).
2. El objeto del Programa de ayuda al alquiler de vivienda es facilitar el disfrute de una vivienda o habitación, en régimen de alquiler o de cesión de uso, a sectores de población con
escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas
arrendatarias o cesionarias.
Segundo. Régimen jurídico.
La concesión de las subvenciones referidas en la presente resolución se regirá, en todo caso,
por lo dispuesto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono
Viernes 14 de octubre de 2022
49830
que deben acompañar a su solicitud; la cuantía y abono de la ayuda pública; y las obligaciones que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso
la normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las subvenciones del Programa de ayuda al alquiler de vivienda será el de concesión directa, mediante convocatoria
abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la secretaría general competente, de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde a la Secretaría General realizar la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos
23.1 y 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 5 de octubre 2022,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar, para los ejercicios 2022 y 2023, la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulado en el Real Decreto 42/2022,
de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso
a la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de enero).
2. El objeto del Programa de ayuda al alquiler de vivienda es facilitar el disfrute de una vivienda o habitación, en régimen de alquiler o de cesión de uso, a sectores de población con
escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas
arrendatarias o cesionarias.
Segundo. Régimen jurídico.
La concesión de las subvenciones referidas en la presente resolución se regirá, en todo caso,
por lo dispuesto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono