Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062940)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
49856
Los costes de ejecución, de emisión de certificados o informes, de redacción de proyectos
técnicos, de dirección técnica o facultativa o cualesquiera otros, incluidos en el presupuesto protegido de la actuación, no superarán los costes medios de mercado. A tal efecto, de
acuerdo con la Orden de 25 de febrero de 2002, por la que se revisan los precios por los que
ha de regirse la contratación de las obras promovidas o financiadas total o parcialmente por
la Consejería competente en materia de vivienda, los costes medios de ejecución vendrán
determinados por los establecidos en la última base de precios de la construcción de la Junta
de Extremadura, actualizados conforme al índice general nacional del sistema de índice de
precios al consumo.
Octavo. Procedimiento de concesión de la ayuda.
1. La concesión de las subvenciones se acomodará al procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En virtud del procedimiento de concesión directa, las ayudas se concederán conforme se
vayan solicitando por las personas o entidades que cumplan los requisitos establecidos en
la Orden de 13 de septiembre de 2022, así como en la presente resolución, y estarán condicionadas a la previa existencia de crédito presupuestario.
Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por riguroso orden de entrada en
el Registro del órgano competente para su tramitación.
Noveno. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la ayuda y plazo de resolución y notificación.
1. La competencia para la ordenación e instrucción del procedimiento corresponde al Servicio
de Gestión de Ayudas dependiente de la Dirección General de Vivienda.
2. La competencia para adoptar la resolución de los procedimientos corresponderá a la Secretaria General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
3. E
l plazo para dictar y notificar la resolución del procedimiento es de seis meses, a contar
desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación.
La falta de notificación de resolución expresa dentro del plazo máximo establecido para resolver, legitima a la persona interesada para entender desestimada su solicitud por silencio
administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia
Viernes 14 de octubre de 2022
49856
Los costes de ejecución, de emisión de certificados o informes, de redacción de proyectos
técnicos, de dirección técnica o facultativa o cualesquiera otros, incluidos en el presupuesto protegido de la actuación, no superarán los costes medios de mercado. A tal efecto, de
acuerdo con la Orden de 25 de febrero de 2002, por la que se revisan los precios por los que
ha de regirse la contratación de las obras promovidas o financiadas total o parcialmente por
la Consejería competente en materia de vivienda, los costes medios de ejecución vendrán
determinados por los establecidos en la última base de precios de la construcción de la Junta
de Extremadura, actualizados conforme al índice general nacional del sistema de índice de
precios al consumo.
Octavo. Procedimiento de concesión de la ayuda.
1. La concesión de las subvenciones se acomodará al procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En virtud del procedimiento de concesión directa, las ayudas se concederán conforme se
vayan solicitando por las personas o entidades que cumplan los requisitos establecidos en
la Orden de 13 de septiembre de 2022, así como en la presente resolución, y estarán condicionadas a la previa existencia de crédito presupuestario.
Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por riguroso orden de entrada en
el Registro del órgano competente para su tramitación.
Noveno. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la ayuda y plazo de resolución y notificación.
1. La competencia para la ordenación e instrucción del procedimiento corresponde al Servicio
de Gestión de Ayudas dependiente de la Dirección General de Vivienda.
2. La competencia para adoptar la resolución de los procedimientos corresponderá a la Secretaria General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
3. E
l plazo para dictar y notificar la resolución del procedimiento es de seis meses, a contar
desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su
tramitación.
La falta de notificación de resolución expresa dentro del plazo máximo establecido para resolver, legitima a la persona interesada para entender desestimada su solicitud por silencio
administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia