Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062943)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
49897
que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la
normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de
septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las ayudas estatales
para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de
población de pequeño tamaño será el de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de
conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este programa de ayudas da cumplimiento a lo recogido en el artículo 44 de la Ley 3/2022, de
17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial. Por ese motivo se considera
una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y
territorial.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la
secretaría general competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 59, de 25 de marzo).
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde, pues, a la Secretaría General realizar la
convocatoria de las ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente
localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, objeto de la presente
resolución.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 5 de octubre de 2022.
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas estatales para
la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de
población de pequeño tamaño, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, reguladas en el Real Decreto 42/2022, de
18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a
la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de enero).
Viernes 14 de octubre de 2022
49897
que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la
normativa estatal.
El artículo 7 de la Orden de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, de 13 de
septiembre de 2022, establece que el procedimiento de concesión de las ayudas estatales
para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de
población de pequeño tamaño será el de concesión directa, mediante convocatoria abierta, de
conformidad con los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este programa de ayudas da cumplimiento a lo recogido en el artículo 44 de la Ley 3/2022, de
17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial. Por ese motivo se considera
una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y
territorial.
La convocatoria de las subvenciones se efectúa por resolución de la persona titular de la
secretaría general competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 59, de 25 de marzo).
Bajo la superior autoridad y dependencia de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda
y en el ámbito de sus competencias, corresponde, pues, a la Secretaría General realizar la
convocatoria de las ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente
localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, objeto de la presente
resolución.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 35,
de 26 de marzo), y el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en su
sesión del día 5 de octubre de 2022.
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas estatales para
la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de
población de pequeño tamaño, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, reguladas en el Real Decreto 42/2022, de
18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a
la Vivienda 2022-2025 (BOE n.º 16, de 19 de enero).