Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062935)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 198

49622

Viernes 14 de octubre de 2022

MÉRITOS
que se participa, se valorarán de la
forma siguiente:

VALORACIÓN

3.2.1. Titulaciones de Grado.
Por el título universitario oficial de Grado
o equivalente………………………………..

5,0000 puntos

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

Fotocopia de todos los títulos que se
posean (incluido el que sirvió para
ingresar en el cuerpo) o certificación
del abono de los derechos de
expedición del título o certificado
supletorio de la titulación expedidos de
acuerdo con lo previsto, en su caso, en
la Orden de 8 de julio de 1988 para la
aplicación de los Reales Decretos
185/1985, de 23 de enero, y 1496/1987,
de 6 de noviembre, en materia de
expedición de títulos universitarios
oficiales (BOE del 13) o en la Orden
ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre
expedición de títulos universitarios
oficiales de Máster y Doctor (BOE del
21) o en el Real Decreto 1002/2010, de
5 de agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales (BOE de 6 de
agosto).

3.2.2. Titulaciones de primer ciclo.
Por la segunda y restantes diplomaturas,
ingenierías
técnicas,
arquitecturas
técnicas o títulos declarados legalmente
equivalentes
y
por
los
estudios
correspondientes al primer ciclo de una
licenciatura,
arquitectura
o
ingeniería………………………………
En el caso de personal funcionario
docente del subgrupo A2, no se valorará
por este apartado, en ningún caso, el
primer título o estudios de esta
naturaleza que se presente.
En el caso de personal funcionario
docente del subgrupo A1, no se
valorarán por este apartado, en ningún
caso, el título o estudios de esta
naturaleza que hayan sido necesarios
superar para la obtención del primer
título de licenciado, ingeniero o
arquitecto que se presente.

3,0000 puntos

Fotocopia de todos los títulos que se
posean (incluido el que sirvió para
ingresar en el cuerpo) o certificado del
abono de los derechos de expedición
expedida de acuerdo con lo previsto
en la Orden de 8 de julio de 1988 (BOE
del 13). En todos los casos se deberá
aportar
asimismo
certificación
académica personal de todos los
títulos o ciclos que se aleguen como
mérito así como del que sirvió para
ingresar en el cuerpo, donde conste de
forma expresa que se han superado
todas las asignaturas o créditos
conducentes para la obtención de
dichos títulos o ciclos.

No se valorarán los primeros ciclos que
hayan permitido la obtención de otras
titulaciones académicas de ciclo largo
que se aleguen como méritos.

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