Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062935)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

49606

de oficio por la Consejería de Educación y Empleo siempre que dicha participación
haya tenido lugar en la Administración Educativa de Extremadura y a partir de la
entrada en vigor del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE de 2 de marzo).


H) L
 os méritos previstos en el subapartado 6.6 (tutorizaciones de prácticas) serán
aportados por la Consejería de Educación y Empleo siempre que los títulos universitarios oficiales de Master y Grado hayan sido expedidos por la Universidad de Extremadura y tales méritos figuren inscritos en el Registro de Formación Permanente del
Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de solicitudes.

Las tutorizaciones no inscritas, así como las llevadas a cabo en otras Administraciones
educativas, deberán acreditarse en los términos que se especifican en el anexo I.
14.1.2. Personal funcionario que haya participado en el concurso de traslados 2021/2022
convocado por Resolución de 29 de octubre de 2021 de la Dirección General de
Personal Docente (DOE núm. 214, de 8 de noviembre):
En relación con la puntuación otorgada en el último concurso dicho personal funcionario, incluido aquel que renunció a su participación, en los apartados/subapartados 5.1,
5.2, 5.3, 6.1 y 6.3 del baremo podrá ejercer las siguientes opciones:


a) Mantener la puntuación reconocida en el último concurso de traslados; en este caso
el interesado deberá marcar en el apartado y/o subapartado correspondiente la opción “Mantiene puntuación convocatoria anterior”, no debiendo aportar la documentación acreditativa pertinente.



b) No mantener la puntuación reconocida en el último concurso de traslados. En este caso el
interesado marcará en la solicitud aquellos subapartados en los que no desea mantener
puntuación debiendo anexar toda la documentación justificativa del mérito en cuestión.



c) En aquellos casos en que, aun estando conforme con la puntuación reconocida en alguno de los subapartados citados, desee añadir nuevos méritos perfeccionados desde el
último día de plazo de presentación de solicitudes del último concurso (22 de noviembre de 2021) a los ya baremados, marcará en el apartado o subapartado correspondiente la opción “Perfeccionamiento de méritos” y aportará los méritos perfeccionados.

No obstante, en cualquiera de las modalidades de baremación, se aportará y baremará, de oficio por esta administración educativa, en los mismos términos previstos en la
base decimocuarta 14.1.1 para quién no participó en el concurso 2021/2022, los méritos previstos en los siguientes apartados/subapartados: