Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062935)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 198
49579
Viernes 14 de octubre de 2022
6.2. L
os Profesores de Música y Artes Escénicas podrán solicitar las plazas, correspondientes
a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen en el anexo IX
y para las especialidades que figuran en el anexo XII-e).
Séptima. Cuerpo de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño.
7.1. Los Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen
en el anexo X y para las especialidades que figuran en el anexo XII-f).
7.2. Los Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen en el
anexo X y para las especialidades que figuran en el anexo XII-g).
Octava. Cuerpo de Maestros.
8.1. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros podrá solicitar las plazas correspondientes en los centros que figuran relacionados en el anexo II-b), incluidas las singulares en
régimen de itinerancia en colegios públicos y colegios rurales agrupados en los anexos
correspondientes y por las especialidades de las que sean titulares o tengan reconocidas
de conformidad con el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre (BOE núm. 270, del
9 de noviembre), por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Maestros
relacionadas en el anexo XII-h).
Se incluye en este supuesto, el personal funcionario del Cuerpo de Maestros que haya
accedido al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, según las equivalencias que
se reseñan:
Especialidad de acceso al Cuerpo de
Área para la que queda
Profesores de Enseñanza Secundaria
habilitado
Inglés
Idioma extranjero: Inglés
Francés
Idioma Extranjero: Francés
Educación Física
Educación Física
Música
Música
8.2. Además de las plazas indicadas en el párrafo anterior, se incluyen las de Educación de
Adultos (074: Adultos primaria y 076: Adultos Inglés). Para solicitar plazas de Educación
de Adultos, anexo IV-b), se requiere acreditar la especialidad correspondiente a la definición del puesto salvo que no exista, en cuyo caso no se requiere habilitación específica.
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Viernes 14 de octubre de 2022
6.2. L
os Profesores de Música y Artes Escénicas podrán solicitar las plazas, correspondientes
a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen en el anexo IX
y para las especialidades que figuran en el anexo XII-e).
Séptima. Cuerpo de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño.
7.1. Los Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen
en el anexo X y para las especialidades que figuran en el anexo XII-f).
7.2. Los Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño podrán solicitar las plazas, correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, de los centros que aparecen en el
anexo X y para las especialidades que figuran en el anexo XII-g).
Octava. Cuerpo de Maestros.
8.1. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros podrá solicitar las plazas correspondientes en los centros que figuran relacionados en el anexo II-b), incluidas las singulares en
régimen de itinerancia en colegios públicos y colegios rurales agrupados en los anexos
correspondientes y por las especialidades de las que sean titulares o tengan reconocidas
de conformidad con el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre (BOE núm. 270, del
9 de noviembre), por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Maestros
relacionadas en el anexo XII-h).
Se incluye en este supuesto, el personal funcionario del Cuerpo de Maestros que haya
accedido al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, según las equivalencias que
se reseñan:
Especialidad de acceso al Cuerpo de
Área para la que queda
Profesores de Enseñanza Secundaria
habilitado
Inglés
Idioma extranjero: Inglés
Francés
Idioma Extranjero: Francés
Educación Física
Educación Física
Música
Música
8.2. Además de las plazas indicadas en el párrafo anterior, se incluyen las de Educación de
Adultos (074: Adultos primaria y 076: Adultos Inglés). Para solicitar plazas de Educación
de Adultos, anexo IV-b), se requiere acreditar la especialidad correspondiente a la definición del puesto salvo que no exista, en cuyo caso no se requiere habilitación específica.