Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062936)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

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Decimotercera. Funcionarios excedentes.
13.1. El personal funcionario excedente que reingrese al servicio activo como consecuencia
del concurso presentará ante la Delegación Provincial de Educación de la que dependa
la plaza obtenida mediante el concurso de traslados, declaración jurada o promesa de
no hallarse separado de ningún Cuerpo o Escala de la Administración del Estado, de las
Comunidades Autónomas o de la Local, en virtud de expediente disciplinario, ni de estar
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, así como la resolución por la cual se
les declaraba en la situación de excedencia.
13.2. Quienes participen en estas convocatorias y soliciten y obtengan la excedencia en el
transcurso de su resolución, o cesen en el servicio activo por cualquier otra causa, se
considerarán como excedentes o cesantes en la plaza que les corresponda en la misma,
quedando ésta, en su caso, como resulta para su provisión en próximos concursos.
Decimocuarta. Toma de posesión.
14.1. La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución tendrá lugar el 1 de septiembre de 2023.
14.2. Los funcionarios procedentes de otras Administraciones educativas que mediante los
concursos de traslados de ámbito estatal obtengan destino definitivo en el ámbito de
gestión de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, percibirán sus retribuciones de acuerdo con las normas retributivas correspondientes a esta
última.
Decimoquinta. Anulación de destinos.
En el supuesto de que por la presente convocatoria se provean vacantes o resultas inexistentes o si como consecuencia de la interposición de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, a los funcionarios afectados se
les considerará pendientes de destino provisional como consecuencia de resolución de recurso
o cumplimiento de sentencia, siéndoles de aplicación lo establecido al efecto por el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre. Estos funcionarios vendrán obligados a participar en todos los concursos de traslados que se convoquen hasta la obtención de un destino definitivo.
Decimosexta. Movilidad por razón de violencia de género.
16.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público y en el artículo 4º del Real Decreto 1364/2010, las funcionarias