Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062936)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022



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a) Podrán presentarse en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de
Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura, o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, por el que se implanta un sistema de registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.



b) En caso de optar por presentar la solicitud en una oficina de Correos, lo harán en
sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de ser certificada.



c) De forma telemática a través del registro electrónico de la Administración General del
Estado en la siguiente dirección web:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html.
Para la utilización del referido registro deberá disponer de DNI o certificado electrónico.
8.2. A
 través de la aplicación se generará la declaración responsable a la que hace alusión
el Anexo IV de la convocatoria, en referencia a la veracidad de los datos y documentos
justificativos incorporados, siguiendo las pautas marcadas en el portal “profex.educarex.
es”. El personal docente será responsable de reunir los requisitos exigidos para la participación en esta convocatoria, de que sean ciertos los datos consignados en su solicitud, y
de la veracidad de la documentación no original aportada que es copia fiel de los originales que obran en su poder, sin perjuicio de la posibilidad por parte de la Administración,
de requerirle en cualquier momento la documentación original tal y como se establece
en el artículo 69.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter
esencial en cualquier dato o documento, conllevará la pérdida de todos los derechos derivados de este proceso, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar,
conforme dispone el artículo 69.4 de la citada Ley.
Novena. Plazo de presentación.
9.1. El plazo de presentación de solicitudes y documentos será desde el día 17 de octubre al
7 de noviembre de 2022, ambos inclusive.
Concluido el plazo previsto en el apartado anterior, no se admitirá ninguna solicitud, ni
modificación alguna a las peticiones formuladas, ni documentación referida a los méritos
aportados, así como tampoco renuncias a la participación salvo lo establecido en la base
undécima.