Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2022050179)
Orden de 11 de octubre de 2022 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales del Plan INFOEX, se regulan los usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio, se desarrollan las medidas generales de prevención y medidas de autoprotección definidas en el Plan PREIFEX y se regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización excepcional de quema de residuos vegetales.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

49752

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

ORDEN de 11 de octubre de 2022 por la que se declara la época de peligro bajo
de incendios forestales del Plan INFOEX, se regulan los usos y actividades que
puedan dar lugar a riesgo de incendio, se desarrollan las medidas generales
de prevención y medidas de autoprotección definidas en el Plan PREIFEX y se
regula el procedimiento para el otorgamiento de autorización excepcional de
quema de residuos vegetales. (2022050179)
La Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura, faculta a la titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales
para establecer anualmente, mediante orden, las fechas correspondientes a cada Época de
Peligro. Asimismo, delimita las competencias y obligaciones de Administraciones, propietarios
y titulares en relación con la planificación preventiva, definiendo un conjunto de instrumentos
de prevención que vienen a desarrollarse en el Plan PREIFEX.
El Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios
Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), extiende la vigencia de
este Plan a todo el año fijando, en función del riesgo de inicio y propagación de incendios, la
Época de Peligro Bajo como aquella en la que, por las condiciones meteorológicas, los riesgos
de producción de incendios forestales son menores.
El Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX) desarrolla los instrumentos de prevención de incendios forestales y faculta a la titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales para regular aspectos de la prevención mediante las
respectivas órdenes de declaración de Época de Peligro de Incendios Forestales.
El Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en
materia de incendios forestales, modifica la Ley 43/2003, de 21 noviembre, de Montes, y
establece en el punto 6 del artículo 48 una serie de prohibiciones y limitaciones mínimas que
deberán aplicar las comunidades autónomas en caso de que sea predecible un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo.
Con la reciente entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, queda prohibido, con carácter general, la quema de
residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola, permitiéndose únicamente de
manera excepcional, y siempre y cuando se obtenga una autorización individualizada que
permita dicha quema, por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con
otro tipo de tratamiento, o, en entornos silvícolas, con el objeto de prevenir los incendios forestales cuando no pueda accederse para su retirada y posterior gestión.