Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062949)
Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

49845

EXTRACTO de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General,
por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del
Programa de ayuda al alquiler de vivienda para los ejercicios 2022, 2023 y
2024. (2022062949)
BDNS(Identif.):653074
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas mayores de edad que, a la fecha de la solicitud de ayudas, hayan formalizado
como arrendatarias o cesionarias, según los casos, un contrato de arrendamiento de una
vivienda, de acuerdo con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos;
un contrato de arrendamiento de una habitación; o bien un contrato de cesión de uso de una
vivienda o habitación, y reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria de estas ayudas.
En ningun caso la renta de alquiler o precio de cesión podrá exceder de:
— 600 €/mes, en caso de vivienda (no comprende el precio repercutible por garaje, trastero
o similares).
— 300 €/mes, en caso de habitación.
Se consideran personas beneficiarias, y deberán solicitar la ayuda, todas las personas
firmantes del contrato de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación.
Segundo. Objeto.
El Programa de ayuda al alquiler de vivienda es facilitar el disfrute de una vivienda o habitación,
en régimen de alquiler o de cesión de uso, a sectores de población con escasos medios
económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o
cesionarias.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria de ayudas se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de
enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda
2022-2025 (BOE número 16, de 19 de enero); en la Orden de la Consejera de Movilidad,