Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062947)
Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, para los ejercicios 2022 y 2023.
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NÚMERO 198
49875
Viernes 14 de octubre de 2022
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un año a partir del día siguiente al
de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura,
no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.
No obstante, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a
efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de
vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, que será objeto de publicación en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las
solicitudes presentadas con posterioridad.
Sexto. Otros datos.
1. Las solicitudes de la subvención se dirigirán a la Dirección General de Vivienda y se ajustarán
al modelo normalizado que figura en el anexo de la convocatoria, que estará disponible en el
Portal Juntaex.es (actualmente se aloja en http://www.juntaex.es), y deberá presentarse
en la forma indicada en el apartado 3 del resuelvo décimo de la convocatoria.
2. L
a justificación de la subvención exigirá que en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a aquel en que finalicen las obras o desde la notificación de la resolución de
concesión de la subvención, si fuere posterior, la persona o entidad beneficiaria presente la
documentación referida en el resuelvo decimoquinto.
3. E
l efectivo abono de la subvención se realizará mediante pago único, una vez justificada la
subvención y previo informe técnico favorable.
Mérida, 7 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ
49875
Viernes 14 de octubre de 2022
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un año a partir del día siguiente al
de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura,
no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.
No obstante, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a
efectuar las modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de
vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, que será objeto de publicación en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las
solicitudes presentadas con posterioridad.
Sexto. Otros datos.
1. Las solicitudes de la subvención se dirigirán a la Dirección General de Vivienda y se ajustarán
al modelo normalizado que figura en el anexo de la convocatoria, que estará disponible en el
Portal Juntaex.es (actualmente se aloja en http://www.juntaex.es), y deberá presentarse
en la forma indicada en el apartado 3 del resuelvo décimo de la convocatoria.
2. L
a justificación de la subvención exigirá que en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a aquel en que finalicen las obras o desde la notificación de la resolución de
concesión de la subvención, si fuere posterior, la persona o entidad beneficiaria presente la
documentación referida en el resuelvo decimoquinto.
3. E
l efectivo abono de la subvención se realizará mediante pago único, una vez justificada la
subvención y previo informe técnico favorable.
Mérida, 7 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ