Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062947)
Extracto de la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, para los ejercicios 2022 y 2023.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
16002/261A/76001: 1.000 euros.
16002/261A/76200: 1.000 euros.
16002/261A/76900: 1.000 euros.
16002/261A/77000: 15.000 euros.
16002/261A/78900: 7.431.949,73 euros.
49874
2. La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar los siguientes límites:
a) 12.500 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en viviendas unifamiliares.
b) 9.000 € por vivienda y 90 € por metro cuadrado de superficie construida de local
comercial u otros usos compatibles, cuando se refiera a actuaciones en edificios de
tipología residencial colectiva.
Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado de superficie
construida de local comercial u otros usos compatibles, será necesario que los predios
correspondientes participen en los costes de ejecución de la actuación.
c) 6.000 € por vivienda, cuando se trate de actuaciones en una vivienda ubicada en un
edificio de tipología residencial colectiva.
3. Las ayudas previstas en el apartado anterior se podrán incrementar hasta 15.000 euros si
reside en la vivienda una persona con discapacidad, y hasta 18.000 euros si se acredita que
el grado de discapacidad reconocido es igual o superior al 33%.
4.
El límite cuantitativo de las ayudas contempladas en los apartados anteriores se
incrementarán en 3.000 € por vivienda, cuando se trate de edificios o viviendas declaradas
Bien de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento
de ordenación urbanística correspondiente.
5. La subvención tendrá como límite:
a) El 60 % del presupuesto protegido, con carácter general.
b) El 80 % del presupuesto protegido, si en la vivienda o en el edificio de tipología residencial
colectiva reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
Viernes 14 de octubre de 2022
16002/261A/76001: 1.000 euros.
16002/261A/76200: 1.000 euros.
16002/261A/76900: 1.000 euros.
16002/261A/77000: 15.000 euros.
16002/261A/78900: 7.431.949,73 euros.
49874
2. La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar los siguientes límites:
a) 12.500 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en viviendas unifamiliares.
b) 9.000 € por vivienda y 90 € por metro cuadrado de superficie construida de local
comercial u otros usos compatibles, cuando se refiera a actuaciones en edificios de
tipología residencial colectiva.
Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado de superficie
construida de local comercial u otros usos compatibles, será necesario que los predios
correspondientes participen en los costes de ejecución de la actuación.
c) 6.000 € por vivienda, cuando se trate de actuaciones en una vivienda ubicada en un
edificio de tipología residencial colectiva.
3. Las ayudas previstas en el apartado anterior se podrán incrementar hasta 15.000 euros si
reside en la vivienda una persona con discapacidad, y hasta 18.000 euros si se acredita que
el grado de discapacidad reconocido es igual o superior al 33%.
4.
El límite cuantitativo de las ayudas contempladas en los apartados anteriores se
incrementarán en 3.000 € por vivienda, cuando se trate de edificios o viviendas declaradas
Bien de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento
de ordenación urbanística correspondiente.
5. La subvención tendrá como límite:
a) El 60 % del presupuesto protegido, con carácter general.
b) El 80 % del presupuesto protegido, si en la vivienda o en el edificio de tipología residencial
colectiva reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años.