Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062909)
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Obras de mejora de la garantía y eficiencia energética del abastecimiento a Cáceres desde el río Almonte", cuya promotora es la Confederación Hidrográfica del Tajo, en los términos municipales de Cáceres y Casar de Cáceres. Expte.: IA22/1034.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 197
Jueves 13 de octubre de 2022
49480
con especies autóctonas, dispuestas en marcos de plantación variable para conseguir
mayor naturalidad y en densidades suficientes para conseguir el efecto deseado. Las
plantas se protegerán contra el pastoreo hasta que sus yemas terminales escapen del
diente del ganado. Se requerirá la realización de trabajos de mantenimiento necesarios que permitan asegurar la continuidad y viabilidad de las plantaciones realizadas
(especialmente los riegos durante los primeros meses y durante los periodos estivales), así como la reposición de marras al menos desde el segundo año de plantación.
— Una vez finalizados los trabajos, se procederá a la restauración de la zona de actuación, lo que implicará la descompactación de los suelos afectados, el extendido de la
tierra vegetal acopiada y la ejecución de actuaciones de restitución morfológica del
terreno. La restitución implicará, al menos, lo siguiente:
a. S
e realizará tan pronto como sea posible para cada superficie y se llevará a cabo
de manera progresiva con el objeto de poder integrarla paisajísticamente.
b. E
n las zonas que hayan sufrido compactación del suelo por el tránsito de maquinaria, se llevarán a cabo labores de descompactación mediante gradeo de roturación superficial (20-30 cm) con doble pase.
c. En caso de generar terraplenes y desmontes con pendientes superiores al 15%,
serán objeto de estabilización/restauración mediante hidrosiembra y/o instalación
de acolchados u otras tecnologías con objeto de favorecer el desarrollo de vegetación y minimizar los procesos erosivos.
d. E
n la zona de implantación de los módulos fotovoltaicos deberá respetarse la capa
de suelo fértil. Finalizada la fase de obras se procederá al escarificado superficial
del terreno de cara a favorecer el crecimiento de la vegetación herbácea natural
de forma espontánea. En caso de que sea necesario, se seguirán los criterios y
procedimientos precisos para la restauración de la cubierta vegetal herbácea natural y de los procesos ecológicos del terreno.
e. Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de maquinaria, y cualquier tipo de residuo no biodegradable generado, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas
en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
— En las labores de acondicionamiento y mantenimiento de las obras no podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la vegetación espontanea de las cunetas, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación de especies invasoras (Conyza spp.), y afecciones a la fauna.
Jueves 13 de octubre de 2022
49480
con especies autóctonas, dispuestas en marcos de plantación variable para conseguir
mayor naturalidad y en densidades suficientes para conseguir el efecto deseado. Las
plantas se protegerán contra el pastoreo hasta que sus yemas terminales escapen del
diente del ganado. Se requerirá la realización de trabajos de mantenimiento necesarios que permitan asegurar la continuidad y viabilidad de las plantaciones realizadas
(especialmente los riegos durante los primeros meses y durante los periodos estivales), así como la reposición de marras al menos desde el segundo año de plantación.
— Una vez finalizados los trabajos, se procederá a la restauración de la zona de actuación, lo que implicará la descompactación de los suelos afectados, el extendido de la
tierra vegetal acopiada y la ejecución de actuaciones de restitución morfológica del
terreno. La restitución implicará, al menos, lo siguiente:
a. S
e realizará tan pronto como sea posible para cada superficie y se llevará a cabo
de manera progresiva con el objeto de poder integrarla paisajísticamente.
b. E
n las zonas que hayan sufrido compactación del suelo por el tránsito de maquinaria, se llevarán a cabo labores de descompactación mediante gradeo de roturación superficial (20-30 cm) con doble pase.
c. En caso de generar terraplenes y desmontes con pendientes superiores al 15%,
serán objeto de estabilización/restauración mediante hidrosiembra y/o instalación
de acolchados u otras tecnologías con objeto de favorecer el desarrollo de vegetación y minimizar los procesos erosivos.
d. E
n la zona de implantación de los módulos fotovoltaicos deberá respetarse la capa
de suelo fértil. Finalizada la fase de obras se procederá al escarificado superficial
del terreno de cara a favorecer el crecimiento de la vegetación herbácea natural
de forma espontánea. En caso de que sea necesario, se seguirán los criterios y
procedimientos precisos para la restauración de la cubierta vegetal herbácea natural y de los procesos ecológicos del terreno.
e. Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de maquinaria, y cualquier tipo de residuo no biodegradable generado, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas
en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
— En las labores de acondicionamiento y mantenimiento de las obras no podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la vegetación espontanea de las cunetas, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación de especies invasoras (Conyza spp.), y afecciones a la fauna.