Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062901)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027. Expte.: IA21/1639.
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NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022

49301

En el presente informe se ha tenido en cuenta lo establecido en: Plan de Conservación
del Hábitat del buitre negro (Aegypius monachus) en Extremadura (Orden de 25 de
mayo de 2015 del DOE n.º 77), el Plan de Recuperación del lince ibérico (Lynx pardinus)
en Extremadura (Orden de 5 de mayo de 2016 del DOE n.º 90), Plan de Recuperación
del águila imperial ibérica (Aquila adalberti) en Extremadura (Orden de 25 de mayo de
2015 del DOE n.º 107), Plan de Recuperación del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus)
en Extremadura (Orden de 3 de agosto de 2018), Plan de Conservación del Hábitat
del águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) en Extremadura (ORDEN de 25 de mayo de
2015 DOE n.º 107), Plan de Manejo de la grulla común (Grus grus) en Extremadura
(Orden de 22 de enero de 2009. DOE n.º 22), Planes de manejo aprobados: Plan de
manejo de Coenagrion mercuriale y Oxygastra curtisii en Extremadura (Orden de 14
de noviembre de 2008 DOE n.º 235), Plan de recuperación del murciélago mediano de
herradura (Rhinolophus mehelyi), del murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale) y del murciélago ratonero forestal (Myotis bechsteinii) en Extremadura
(Orden de 3 de julio de 2009 DOE n.º 136) y Plan de Recuperación del Tejo (Taxus
baccata L.) en Extremadura (Orden de 20 de febrero de 2017).
Se considera que el proyecto, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni alteraciones sobre las especies por las que se han
declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta
compatible con los planes de protección vigentes de las especies presentes.
Informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de
forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000.


1. Programa Extremadura FEDER 2021-2027.



1.1. E
 rrores en conceptos de Áreas Protegidas. En el apartado 7 del punto 1.1. “Contexto
territorial” de la “Estrategia del Programa: principales retos en materia de desarrollo
y respuestas estratégicas” se detalla incorrectamente que existen 88 áreas naturales protegidas en Extremadura. A efectos aclaratorios, conforme se especifica en el
artículo 30 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de
espacios naturales de Extremadura, “componen inicialmente la Red de Áreas Protegidas de Extremadura todos los espacios naturales protegidos y zonas de la Red
Natura 2000 que actualmente gocen de algún grado de reconocimiento, protección,
declaración, designación o clasificación. Se incluirán automáticamente en la Red de
Áreas Protegidas los Espacios Naturales Protegidos y Zonas de la Red Natura 2000
que en el futuro se declaren al amparo de esta regulación legal. Previa autorización
del Consejo de Gobierno, podrán incluirse en la Red otros lugares que, no habiendo
sido declarados protegidos por la normativa de la Comunidad Autónoma, cuenten sin
embargo con el reconocimiento de alguna institución estatal o supranacional.”