Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062884)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de briquetas de carbón vegetal, promovida por Carbones y Leñas Los Rivera, SA, ubicada en el término municipal de Oliva de la Frontera.
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NÚMERO 195
Lunes 10 de octubre de 2022

49044

No obstante, en función de la experiencia recabada sobre la afección a la atmósfera y a
la salud de las personas, podría modificarse de oficio la autorización para añadir nuevos
valores límite de emisión y/o medidas técnicas complementarias o sustitutorias.
46. L
 as transferencias de material en el proceso se realizarán a través de cintas transportadoras cerradas para minimizar las emisiones de partículas en suspensión a la atmósfera.
47. El molino y las mezcladoras serán estancas para minimizar las emisiones difusas de
partículas.
Condiciones generales
1. A
 ntes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la zona,
a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión
trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el fin
comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
2. E
 ste informe deberá ser exhibido en el acto a cuantas autoridades o Agentes de la misma lo requieran.
3. E
 l incumplimiento de las condiciones incluidas en este Informe puede ser constitutivo de
una infracción administrativa de las previstas en las Ley 8/1998.
4. E
 ste informe se emite sólo a efectos ambientales y en virtud de la legislación vigente,
sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales o de reglamentos exigidos
que, en todo caso, habrán de cumplirse.
5. C
 ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental.
6. N
 o se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
7. C
 ualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa. De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento
normal regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel
se indican.
8. R
 especto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento y a
la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.