Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Subvenciones. (2022062896)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas económicas a las entidades locales para obras y servicios del AEPSA.
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NÚMERO 195

48930

Lunes 10 de octubre de 2022

Segundo. Denegar subvenciones con destino a la adquisición de materiales y medios auxiliares para las obras especificadas en los convenios que las citadas entidades locales han
suscrito con el Servicio Público de Empleo Estatal, por no reunir los requisitos exigidos en la
Resolución de 18 de julio de 2022, a las Entidades Locales solicitantes que no se detallan en
la relación adjunta.
Tercero. Notificar la presente resolución a las entidades locales beneficiarias, en cumplimiento de los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia
de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al que
tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, de conformidad con los artículos 46.1, 10.1. a) y 14.1 primera de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime conveniente la entidad interesada.
Mérida, 21 de septiembre de 2022.
El Secretario General de la Presidencia
de la Junta de Extremadura,
La Directora General de Administración Local
(PD, Resolución 13/09/2019.
DOE n.º 187, de 27/09/2019),
INMACULADA BONILLA MARTÍNEZ