Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Subvenciones. (2022062896)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas económicas a las entidades locales para obras y servicios del AEPSA.
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NÚMERO 195
Lunes 10 de octubre de 2022

III

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OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por
la que se conceden ayudas económicas a las entidades locales para obras y
servicios del AEPSA. (2022062896)
A la vista de las solicitudes presentadas por las entidades locales relacionadas en el listado
que se adjunta, de ayuda económica para obras y servicios del AEPSA reguladas por el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio (DOE n.º 119, de 22 de junio), por el que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales para obras
o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección
Social Agrarios (AEPSA), convocadas mediante la Resolución de 18 de julio de 2022 (publicada en el DOE n.º 150, de 4 de agosto), y de conformidad con la propuesta del Servicio de
Relaciones Económico‑Presupuestarias con las Entidades Locales, como unidad instructora, se
dicta la presente resolución, teniendo en cuenta el punto primero de la Resolución de 13 de
septiembre de 2019, de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura,
por la que se delega en la Dirección General de Administración Local, la competencia relativa
a la resolución de los procedimientos de concesión de estas subvenciones.
RESUELVO:
Primero. Conceder una ayuda económica por importe global de cinco millones, cuatrocientos setenta y dos mil, trescientos veintiún euros, con cincuenta y dos céntimos (5.472.321,52 €), a las
entidades locales que se relacionan, para materiales y medios auxiliares de las obras del AEPSA,
incluidas en el convenio que estas entidades locales han suscrito con el Servicio Público de Empleo
Estatal, con cargo a la aplicación presupuestaria 020050000 G/115B/76000 FC22000003 y proyecto 20090159 del vigente presupuesto, conforme a las siguientes especificaciones:
1. E
 l abono de la ayuda se realizará en el momento de su concesión de forma anticipada,
en un único abono y por la totalidad del importe concedido. El plazo para la justificación
finalizará el 28 de febrero de 2023, si bien las entidades locales podrán solicitar, con anterioridad a la citada fecha, una prórroga del plazo de manera motivada y causa justificada.
2. L
 as entidades locales beneficiarias deberán finalizar las obras objeto de esta ayuda en el
plazo establecido por el SEPE, justificar los gastos mediante la cuenta justificativa y facilitar
las acciones de inspección y control que pueda realizar la Junta de Extremadura. La falta de
justificación o la incorrecta utilización dará lugar al reintegro de la subvención, conforme a
lo establecido en el artículo 15 del Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio.