Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2022062902)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 195
Lunes 10 de octubre de 2022
49056
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa concordante, constatándose que las entidades seleccionadas reúnen los requisitos establecidos en la
normativa reguladora para tener acceso a la subvención solicitada, así como las condiciones
de los proyectos establecidas en la orden referenciada.
Así mismo, de acuerdo con el párrafo 3º del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el apartado 2 del artículo
6 de la Orden de 28 de abril del 2021, se exceptúa del requisito de fijar el orden de prelación
entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando el crédito
consignado en la convocatoria (150.000 €) es suficiente, para atender número de solicitudes
una vez finalizado el plazo de presentación (una solicitud por un importe total de 30.000 €).
Cuarto. El artículo 8.2 de la Orden de 28 de abril de 2021 establece que la concesión de la
subvención vendrá determinada por las actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones definido por cada beneficiaria.
En virtud de lo expuesto anteriormente, procede emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder a la entidad Asociación Intersectorial de Autónomos de la provincia de
Badajoz, con CIF n.º G066421713, la subvención solicitada por importe de 30.000 €, para
para la financiación de las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la
oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes a la convocatoria del año 2022, aprobada por Resolución 24 de mayo de 2022.
Segundo. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones y realizar la actividad
subvencionada conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 28 de abril de 2021
por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, para financiar actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para
personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero.
1. E
l pago de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución, se realizará de
la siguiente forma:
a) Un primer pago anticipado del 50 % de la subvención, una vez notificada la resolución
de concesión y aceptada la subvención por parte de la entidad beneficiaria.
Lunes 10 de octubre de 2022
49056
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa concordante, constatándose que las entidades seleccionadas reúnen los requisitos establecidos en la
normativa reguladora para tener acceso a la subvención solicitada, así como las condiciones
de los proyectos establecidas en la orden referenciada.
Así mismo, de acuerdo con el párrafo 3º del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el apartado 2 del artículo
6 de la Orden de 28 de abril del 2021, se exceptúa del requisito de fijar el orden de prelación
entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando el crédito
consignado en la convocatoria (150.000 €) es suficiente, para atender número de solicitudes
una vez finalizado el plazo de presentación (una solicitud por un importe total de 30.000 €).
Cuarto. El artículo 8.2 de la Orden de 28 de abril de 2021 establece que la concesión de la
subvención vendrá determinada por las actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones definido por cada beneficiaria.
En virtud de lo expuesto anteriormente, procede emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder a la entidad Asociación Intersectorial de Autónomos de la provincia de
Badajoz, con CIF n.º G066421713, la subvención solicitada por importe de 30.000 €, para
para la financiación de las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la
oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes a la convocatoria del año 2022, aprobada por Resolución 24 de mayo de 2022.
Segundo. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones y realizar la actividad
subvencionada conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 28 de abril de 2021
por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, para financiar actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para
personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero.
1. E
l pago de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución, se realizará de
la siguiente forma:
a) Un primer pago anticipado del 50 % de la subvención, una vez notificada la resolución
de concesión y aceptada la subvención por parte de la entidad beneficiaria.