Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico. (2022050176)
Orden de 4 de octubre de 2022 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2022.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022

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5ª. Tramitación de pagos.
El último día del ejercicio 2022 en el que se podrán realizar pagos será el día 30 de diciembre, reanudándose el pago de los pendientes de satisfacer el primer día hábil del mes de
enero de 2023.
6ª. Actualización de Consola de Facturas al cierre del ejercicio.
Antes del cierre del ejercicio presupuestario, los órganos gestores deberán registrar en el
Sistema de gestión económico-financiera Alcántara las facturas que hayan tenido entrada
en el registro administrativo hasta el 30 de diciembre de 2022 y no consten en el mismo.
Asimismo, deben depurarse, rechazando, anulando o dando de baja, aquellas facturas
que, habiéndose sometido al procedimiento de conformidad, no hayan sido conformadas
por incidencias en la recepción del suministro o los servicios, o no vayan a someterse al
procedimiento de conformidad por darse dichas incidencias.
7ª. Información a suministrar.
7.1. Con carácter general, la Intervención General obtendrá del Sistema de gestión económico- financiera Alcántara la información necesaria para dar cumplimiento a las exigencias
de la Orden HAP 2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones
de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como para el ejercicio de las funciones que como centro gestor de la contabilidad pública le atribuye la Ley de Hacienda.
7.2. L
 a información no obtenida del Sistema de gestión económico-financiera Alcántara se
completará por las unidades administrativas competentes por razón de la materia. En
concreto debe suministrarse a la Intervención General la siguiente información por los
órganos que se indican:


— Dirección General de Función Pública de la Vicepresidencia Primera y Consejería de
Hacienda y Administración Pública y Dirección General de Personal Docente de la
Consejería de Educación y Empleo. Enviarán, antes del 10 de enero de 2023, los
resúmenes anuales de retenciones practicadas a cuenta del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas (modelo 190) y la relación detallada de las mismas en soporte
informático.



— Secretaría General de Presupuestos y Financiación, Dirección General de Tributos y
Secretarías Generales en el ámbito de la habilitación. Remitirán antes del 31 de enero de 2023 los certificados de los saldos a 31/12/2022 expedidos por las entidades
bancarias.