Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2022062855)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos cuyos municipios forman parte del Área de Influencia Socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe para el ejercicio 2022-2023.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

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de organismos internacionales, sin que, en ningún caso, se supere por la concurrencia de las
mismas el cien por cien de la inversión a realizar.
Octavo. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez dias y contará desde el día siguiente
al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de
convocatoria y del presente extracto, en todo caso este plazo no podrá exceder del 15
de noviembre de 2022 salvo que anteriormente se haya producido el agotamiento del
crédito destinado a este efecto, en cuyo caso se pondrá fin a la convocatoria en los
términos establecidos en el artículo 9.1 del Decreto 284/2015, de 16 de octubre, de bases
reguladoras.
2. L
 as solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figura como anexo I, e irán
acompañadas de la documentación establecida en el apartado noveno; pudiendo ser
presentadas en el registro de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
de la Junta de Extremadura, en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de
Extremadura, en las Oficinas de Respuesta Personalizada o en cualquiera de los lugares y
formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 7 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Este modelo de solicitud estará disponible para su
descarga en la web http://extremambiente.juntaex.es.
3. L
 as solicitudes que se formulen a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre
abierto, al objeto de que en la misma se hagan constar por el responsable la fecha y hora
de presentación.
4. Una vez recibida la solicitud, si no reúne los requisitos establecidos, conforme a lo dispuesto
en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, se requerirá al interesado para que en el plazo máximo e
improrrogable de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe la documentación que se
determine, con indicación de que, si así no lo hiciese, de conformidad con lo establecido
en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada ley.
5. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido,
resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en