Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Empresa. Ayudas. (2022050172)
Orden de 30 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022
48370
Artículo 5. Cuantía de las ayudas a conceder.
Las ayudas consistirán en una subvención del 100 % de la actividad subvencionable, hasta un
límite máximo de 5.000 euros por proyecto y entidad.
Artículo 6. Pago de las ayudas.
El importe total de la ayuda otorgada se abonará de manera anticipada, una vez notificada la
resolución de concesión.
Las entidades beneficiarias estarán exentas de presentar garantías por los importes anticipados de la ayuda.
Artículo 7. Criterios de valoración.
Se valorarán los proyectos presentados conforme a los siguientes criterios:
a. Grado de definición y diseño innovador del proyecto: hasta 40 puntos.
Se valorará la creatividad de la tipología de las acciones a desarrollar, contenidos, calidad, originalidad, grado de novedad y adecuación de las actividades a los objetivos
planteados. Se valorarán igualmente, la contextualización y definición de las tareas a
desarrollar y la adecuación del presupuesto de las actividades a desarrollar y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento.
Para ello la Comisión de Valoración contemplada en el artículo 14 de la presente Orden,
en su informe fijará de manera motivada la graduación alcanzada para este criterio, en
función de los siguientes parámetros:
a. Se otorgarán 40 puntos para proyectos que presenten un alto grado de originalidad
y novedad, al tratarse de iniciativas que sean la primera vez que se desarrollen en
el territorio, y que presenten un elevado grado de madurez en la definición y en la
concreción de sus objetivos, viabilidad, precisión y susceptibilidad de alcanzar los
mismos.
b. S
e otorgarán 30 puntos para proyectos que, si bien se refieran a actuaciones que
puedan guardar ciertas similitudes con otras que previamente se hayan podido desarrollar en ese territorio, no obstante, tengan cierto carácter innovador en su enfoque
y se refieran a temáticas o contenidos muy actuales, y que, además, presenten un
elevado grado de madurez en la definición y en la concreción de sus objetivos, viabilidad, precisión y susceptibilidad de alcanzar los mismos.
Jueves 6 de octubre de 2022
48370
Artículo 5. Cuantía de las ayudas a conceder.
Las ayudas consistirán en una subvención del 100 % de la actividad subvencionable, hasta un
límite máximo de 5.000 euros por proyecto y entidad.
Artículo 6. Pago de las ayudas.
El importe total de la ayuda otorgada se abonará de manera anticipada, una vez notificada la
resolución de concesión.
Las entidades beneficiarias estarán exentas de presentar garantías por los importes anticipados de la ayuda.
Artículo 7. Criterios de valoración.
Se valorarán los proyectos presentados conforme a los siguientes criterios:
a. Grado de definición y diseño innovador del proyecto: hasta 40 puntos.
Se valorará la creatividad de la tipología de las acciones a desarrollar, contenidos, calidad, originalidad, grado de novedad y adecuación de las actividades a los objetivos
planteados. Se valorarán igualmente, la contextualización y definición de las tareas a
desarrollar y la adecuación del presupuesto de las actividades a desarrollar y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento.
Para ello la Comisión de Valoración contemplada en el artículo 14 de la presente Orden,
en su informe fijará de manera motivada la graduación alcanzada para este criterio, en
función de los siguientes parámetros:
a. Se otorgarán 40 puntos para proyectos que presenten un alto grado de originalidad
y novedad, al tratarse de iniciativas que sean la primera vez que se desarrollen en
el territorio, y que presenten un elevado grado de madurez en la definición y en la
concreción de sus objetivos, viabilidad, precisión y susceptibilidad de alcanzar los
mismos.
b. S
e otorgarán 30 puntos para proyectos que, si bien se refieran a actuaciones que
puedan guardar ciertas similitudes con otras que previamente se hayan podido desarrollar en ese territorio, no obstante, tengan cierto carácter innovador en su enfoque
y se refieran a temáticas o contenidos muy actuales, y que, además, presenten un
elevado grado de madurez en la definición y en la concreción de sus objetivos, viabilidad, precisión y susceptibilidad de alcanzar los mismos.