Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Empresa. Ayudas. (2022050172)
Orden de 30 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 193
48381
Jueves 6 de octubre de 2022
Con independencia de lo anterior se publicará la información en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo. Dicho portal se encuentra a disposición de los
interesados en la sede corporativa: http://sede.juntaex.es.
Disposición final primera. Normas aplicables. Supletoriedad.
En todo aquello no regulado expresamente por esta orden, será de aplicación la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, la Ley de Presupuestos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura de cada ejercicio y la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
Disposición final segunda. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias
en materia de empresa para adoptar las medidas que resulten precisas para la ejecución de
lo previsto en la presente orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 30 de septiembre de 2022.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA
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Jueves 6 de octubre de 2022
Con independencia de lo anterior se publicará la información en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo. Dicho portal se encuentra a disposición de los
interesados en la sede corporativa: http://sede.juntaex.es.
Disposición final primera. Normas aplicables. Supletoriedad.
En todo aquello no regulado expresamente por esta orden, será de aplicación la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, la Ley de Presupuestos de
la Comunidad Autónoma de Extremadura de cada ejercicio y la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
Disposición final segunda. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias
en materia de empresa para adoptar las medidas que resulten precisas para la ejecución de
lo previsto en la presente orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 30 de septiembre de 2022.
El Consejero de Economía, Ciencia y
Agenda Digital
RAFAEL ESPAÑA SANTAMARÍA
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