Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. Directores. (2022050171)
Orden de 29 de septiembre de 2022 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 193
48391
Jueves 6 de octubre de 2022
mismo: profesorado, padres y madres, alumnado y miembros del equipo directivo salvo el
director o directora. Estos últimos cuestionarios específicos a cumplimentar por miembros
de diferentes sectores de la comunidad educativa, excepto el director o directora, se evaluarán conjuntamente.
3. Una vez implementados los distintos cuestionarios on-line en la plataforma educativa Rayuela, los responsables de su cumplimentación dispondrán de ocho días hábiles para llevarla a efecto. En caso contrario, dicha puntuación no será contemplada en la valoración
final de la evaluación.
Finalmente, con el fin de aclarar la información recibida, podrán realizarse consultas y entrevistas por parte de la Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva a los
miembros de los órganos colegiados del centro.
Artículo 9. Ponderación.
1. Según lo establecido en el apartado 11 del artículo 23 del Decreto 28/2021, de 21 de abril,
tras la evaluación de cada uno de los instrumentos citados en el artículo anterior, se procederá a obtener una calificación numérica entre 0 y 100 puntos, atendiendo a la siguiente
ponderación con relación a la puntuación final:
INSTRUMENTO
PONDERACIÓN
1. Memoria justificativa
20 %
2. Cursos de perfeccionamiento y profundización
10 %
3. Informes de seguimiento de la Inspección de Educación
35 %
4. Cuestionarios de la Comunidad Educativa
25 %
5. Cuestionario de autoevaluación del director o directora
10 %
2. Para obtener una evaluación positiva en el desempeño de la función directiva, será preciso
obtener, al menos, el 50 % del total de puntuación.
Artículo 10. Resolución.
1. L
a Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva emitirá un informe final
de evaluación del desempeño, con carácter vinculante, que se notificará mediante resolución del Secretario General de Educación a la dirección del centro con anterioridad a la
siguiente convocatoria de selección y renovación de directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
48391
Jueves 6 de octubre de 2022
mismo: profesorado, padres y madres, alumnado y miembros del equipo directivo salvo el
director o directora. Estos últimos cuestionarios específicos a cumplimentar por miembros
de diferentes sectores de la comunidad educativa, excepto el director o directora, se evaluarán conjuntamente.
3. Una vez implementados los distintos cuestionarios on-line en la plataforma educativa Rayuela, los responsables de su cumplimentación dispondrán de ocho días hábiles para llevarla a efecto. En caso contrario, dicha puntuación no será contemplada en la valoración
final de la evaluación.
Finalmente, con el fin de aclarar la información recibida, podrán realizarse consultas y entrevistas por parte de la Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva a los
miembros de los órganos colegiados del centro.
Artículo 9. Ponderación.
1. Según lo establecido en el apartado 11 del artículo 23 del Decreto 28/2021, de 21 de abril,
tras la evaluación de cada uno de los instrumentos citados en el artículo anterior, se procederá a obtener una calificación numérica entre 0 y 100 puntos, atendiendo a la siguiente
ponderación con relación a la puntuación final:
INSTRUMENTO
PONDERACIÓN
1. Memoria justificativa
20 %
2. Cursos de perfeccionamiento y profundización
10 %
3. Informes de seguimiento de la Inspección de Educación
35 %
4. Cuestionarios de la Comunidad Educativa
25 %
5. Cuestionario de autoevaluación del director o directora
10 %
2. Para obtener una evaluación positiva en el desempeño de la función directiva, será preciso
obtener, al menos, el 50 % del total de puntuación.
Artículo 10. Resolución.
1. L
a Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva emitirá un informe final
de evaluación del desempeño, con carácter vinculante, que se notificará mediante resolución del Secretario General de Educación a la dirección del centro con anterioridad a la
siguiente convocatoria de selección y renovación de directores y directoras de centros docentes públicos no universitarios en la Comunidad Autónoma de Extremadura.