Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062831)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la construcción y puesta operativa de la plataforma web XPORTA II de Extremadura, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 192
Miércoles 5 de octubre de 2022
47861
4. L
a Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Novena. Eficacia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución del proyecto, el plazo y la
forma de justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Asimismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de
lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén
en ejecución.
Décima. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra,
de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la
parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días
para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, deberá aparecer en
todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y
Miércoles 5 de octubre de 2022
47861
4. L
a Comisión de Seguimiento podrá celebrar sus reuniones vía telemática. A tales fines, el
Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la
celebración de las reuniones a distancia.
Novena. Eficacia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución del proyecto, el plazo y la
forma de justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Asimismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de
lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén
en ejecución.
Décima. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra,
de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la
parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días
para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, deberá aparecer en
todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y