Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062833)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y la Entidad Fomento Extremeño de Infraestructuras Industriales.
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NÚMERO 192

47884

Miércoles 5 de octubre de 2022

Núm.

Fecha

Fecha

Fecha

cuota

Inicio

vencimiento

pago

Días

Tipo
Interés

Amortización Intereses

Capital
Vivo

1

31/10/2022 31/05/2023 31/05/2023 212 1,269%

8.969,86 1.216.973,49

2

31/05/2023 31/05/2024 31/05/2024 366 1,269%

15.443,39 1.216.973,49

3

31/05/2024 31/05/2025 02/06/2025 365 1,269%

15.443,39 1.216.973,49

4

31/05/2025 31/05/2026 01/06/2026 365 1,269%

15.443,39 1.216.973,49

5

31/05/2026 31/05/2027 31/05/2027 365 1,269%

152.121,69

15.443,39 1.064.851,80

6

31/05/2027 31/05/2028 31/05/2028 366 1,269%

152.121,69

13.512,97

912.730,11

7

31/05/2028 31/05/2029 31/05/2029 365 1,269%

152.121,69

11.582,55

760.608,42

8

31/05/2029 31/05/2030 31/05/2030 365 1,269%

152.121,69

9.652,12

608.486,73

9

31/05/2030 31/05/2031 02/06/2031 365 1,269%

152.121,69

7.721,70

456.365,04

10

31/05/2031 31/05/2032 31/05/2032 366 1,269%

152.121,69

5.791,27

304.243,35

11

31/05/2032 31/05/2033 31/05/2033 365 1,269%

152.121,69

3.860,85

152.121,66

12

31/05/2033 31/05/2034 31/05/2034 365 1,269%

152.121,66

1.930,42

0,00

En caso de que no sean abonadas las cuotas anteriores de conformidad con el procedimiento
establecido por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública,
se podrá descontar de oficio por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital la parte
correspondiente de la transferencia nominativa de FEISA, con la finalidad de compensar los
importes impagados.
Tercera. Vigencia, Adenda, duración y resolución.
El presente convenio tiene un plazo de vigencia de cuatro años prorrogables por cuatros años
adicionales. No obstante, la duración se circunscribe al cumplimiento de los contratos de préstamo formalizados entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Instituto de Crédito
Oficial, en representación de la Administración General del Estado, entrando en vigor desde la
fecha de su firma por ambas partes y extendiendo su vigencia mientras subsistan obligaciones
de las partes, es decir hasta el 31/05/2034, fecha en la que se produce el pago de la última
cuota establecida en la cláusula segunda del presente convenio.
El presente convenio podrá ser objeto de adenda, por acuerdo expreso de ambas partes, con
anterioridad al término del correspondiente periodo de vigencia.