Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081548)
Anuncio de 22 de septiembre de 2022 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto "Complejo de Gestión Medioambiental"- Instalación de tratamiento y eliminación en vertedero de residuos industriales-, cuya promotora es 3RS Gestión MA Extremadura, SL, en el término municipal de Salvatierra de los Barros. Expte. AAI21/041.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 192
Miércoles 5 de octubre de 2022

48342

Los datos generales del proyecto son:
• Real Decreto Legislativo 1/2016. Autorización ambiental integrada: la actividad se
encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley de prevención y control integrados
de la contaminación. En particular, está incluida en las categorías 5.1.b; 5.3.b;
5.4.a-b-c; 5.5 y 5.6 de su anejo I, relativas a: 5.1.b “Instalaciones para la valorización
o eliminación de residuos peligrosos, con una capacidad de más de 10 toneladas por día
que realicen una o más de las siguientes actividades: b) Tratamiento físico-químico”;
5.3 “Instalaciones para la eliminación de los residuos no peligrosos con una capacidad
de más de 50 toneladas por día, que incluyan una o más de las siguientes actividades,
excluyendo las incluidas en el Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el
que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas:
b) Tratamiento físico-químico.”; 5.4 “Valorización, o una mezcla de valorización y
eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por día
que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en el Real
Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables
al tratamiento de las aguas residuales urbanas: a) Tratamiento biológico; b) Tratamiento
previo a la incineración o coincineración; c) Tratamiento de escorias y cenizas”; 5.5
“Vertederos de todo tipo de residuos que reciban más de 10 toneladas por día o que
tengan una capacidad total de más de 25.000 toneladas con exclusión de los vertederos
de residuos inertes”; y 5.6 “Almacenamiento temporal de los residuos peligrosos no
incluidos en el apartado 5.5 en espera de la aplicación de alguno de los tratamientos
mencionados en el apartado 5.1, 5.2, 5.5 y 5.7, con una capacidad total superior a 50
toneladas, excluyendo el almacenamiento temporal, pendiente de recogida, en el sitio
donde el residuo es generado”.
• Ley 21/2013. Evaluación de impacto ambiental: el proyecto se somete al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria al encontrarse incluido en su anexo I de
la Ley 21/2013, en particular en el grupo 8.a-b-c, relativo a “Grupo 8. Proyectos de
tratamiento y gestión de residuos.
a) Instalaciones de incineración de residuos peligrosos definidos en el artículo 3.e) de
la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, así como las de
eliminación de dichos residuos mediante depósito en vertedero, depósito de seguridad
o tratamiento químico (como se define el epígrafe D9 del anexo I de la Ley 22/2011);
b) Instalaciones de incineración de residuos no peligrosos o de eliminación de dichos
residuos mediante tratamiento físico-químico (como se define el epígrafe D9 del anexo I
de la Ley 22/2011), con una capacidad superior a 100 t diarias; c) Vertederos de residuos
no peligrosos que reciban más de 10 t por día o que tengan una capacidad total de más
de 25.000 t, excluidos los vertederos de residuos inertes.”