Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0076)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Castañar de Ibor.
340 páginas totales
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NÚMERO 192
47900
Miércoles 5 de octubre de 2022
ANEXO I
TÍTULO 1. CONTENIDO COMÚN.
CAPÍTULO.1.1. DEFINICIONES
ART.1.1.1.1. Parámetros urbanísticos
Son las variables que regulan los aprovechamientos urbanísticos del suelo y la
edificación.
ART.1.1.1.2. Alineación
Es la línea de proyección que delimita la manzana separándola de la red viaria y los
espacios libres, de uso y dominio público.
ART.1.1.1.3. Manzana
Es la parcela o conjunto de parcelas aptas para edificar
ART.1.1.1.4. Parcela o parcela urbanística
Es la unidad de propiedad a la que se le asignan usos y aprovechamientos urbanísticos.
ART.1.1.1.5. Línea de edificación
Es la línea de proyección que define los planos que delimitan un volumen de edificación.
ART.1.1.1.6. Ancho de vial
Es la menor de las distancias entre cualquier punto de la alineación y la opuesta del
mismo vial.
ART.1.1.1.7. Rasante
Es la cota que determina la elevación de un punto del terreno respecto de la cartografía
que sirve de base al planeamiento.
ART.1.1.1.8. Parcela edificable
Para que una parcela se considere edificable, ha de pertenecer a una categoría de suelo
en que el planeamiento admita la edificación, tener aprobado definitivamente el planeamiento
señalado para el desarrollo del área o sector en que se encuentre, satisfacer las condiciones de
parcela mínima, conforme a la normativa de zona o de desarrollo del planeamiento, le fuesen
aplicables, contar con acceso directo desde vial público, apto para el tráfico rodado, que
garantice el acceso de los servicios de protección contra incendios y la evacuación de sus
ocupantes, y contar con agua potable, sistema de evacuación de aguas residuales y energía
eléctrica, si los usos a los que fuese a destinar la edificación requiriesen tales servicios.
Además en Suelo Urbano o Urbanizable, deberá tener señaladas alineaciones y
rasantes, tener cumplidas las determinaciones de gestión fijadas por el planeamiento y, en su
caso, las correspondientes a la unidad de ejecución en que este incluida a efectos de beneficios
y cargas, haber adquirido el derecho al aprovechamiento urbanístico correspondiente a la
parcela, garantizar o contar con encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexión con la
red de alcantarillado, alumbrado público y suministro de energía eléctrica.
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Miércoles 5 de octubre de 2022
ANEXO I
TÍTULO 1. CONTENIDO COMÚN.
CAPÍTULO.1.1. DEFINICIONES
ART.1.1.1.1. Parámetros urbanísticos
Son las variables que regulan los aprovechamientos urbanísticos del suelo y la
edificación.
ART.1.1.1.2. Alineación
Es la línea de proyección que delimita la manzana separándola de la red viaria y los
espacios libres, de uso y dominio público.
ART.1.1.1.3. Manzana
Es la parcela o conjunto de parcelas aptas para edificar
ART.1.1.1.4. Parcela o parcela urbanística
Es la unidad de propiedad a la que se le asignan usos y aprovechamientos urbanísticos.
ART.1.1.1.5. Línea de edificación
Es la línea de proyección que define los planos que delimitan un volumen de edificación.
ART.1.1.1.6. Ancho de vial
Es la menor de las distancias entre cualquier punto de la alineación y la opuesta del
mismo vial.
ART.1.1.1.7. Rasante
Es la cota que determina la elevación de un punto del terreno respecto de la cartografía
que sirve de base al planeamiento.
ART.1.1.1.8. Parcela edificable
Para que una parcela se considere edificable, ha de pertenecer a una categoría de suelo
en que el planeamiento admita la edificación, tener aprobado definitivamente el planeamiento
señalado para el desarrollo del área o sector en que se encuentre, satisfacer las condiciones de
parcela mínima, conforme a la normativa de zona o de desarrollo del planeamiento, le fuesen
aplicables, contar con acceso directo desde vial público, apto para el tráfico rodado, que
garantice el acceso de los servicios de protección contra incendios y la evacuación de sus
ocupantes, y contar con agua potable, sistema de evacuación de aguas residuales y energía
eléctrica, si los usos a los que fuese a destinar la edificación requiriesen tales servicios.
Además en Suelo Urbano o Urbanizable, deberá tener señaladas alineaciones y
rasantes, tener cumplidas las determinaciones de gestión fijadas por el planeamiento y, en su
caso, las correspondientes a la unidad de ejecución en que este incluida a efectos de beneficios
y cargas, haber adquirido el derecho al aprovechamiento urbanístico correspondiente a la
parcela, garantizar o contar con encintado de aceras, abastecimiento de aguas, conexión con la
red de alcantarillado, alumbrado público y suministro de energía eléctrica.
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