Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0076)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Castañar de Ibor.
340 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 192
47922
Miércoles 5 de octubre de 2022
Red Natura 2000 (al cual remitimos), en esta ZIP serán de aplicación las siguientes
medidas de conservación:
a.1. (R: OBLIGADO CUMPLIMIENTO) A partir de la rivera, se mantendrán franjas
de protección con vegetación espontánea de al menos 3 metros.
c. Elemento clave: comunidad de aves rupícolas
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Cantiles serranos”.
d. Elemento clave: comunidad de quirópteros
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Comunidad de quirópteros”.
e. Elemento Clave: Comunidad de anfibios y reptiles
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Río Guadarranque”, (a la cual
remitimos) (…).
9.1.1.3. ZIP 3 “Río Gualijo”.
a. Elemento Clave: 91E0 Bosques aluviales
Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3 y 4 incluidos en el apartado “4.1.5.
Sistema de hábitats ribereños” del Plan Director de la Red Natura 2000, en esta ZIP serán de
aplicación las siguientes medidas de conservación:
a1. (R) Es incompatible la explotación forestal de las formaciones naturales de vegetación
de ribera asociadas a este hábitat.
a2. (R) En Dominio Público Hidráulico es incompatible la corta de arbolado autóctono, salvo
los pies dañados, enfermos o muertos, y las obras de restauración hidrológica ambiental
que deberán contar con Informe de Afección favorable.. Así mismo, en las actuaciones
de acondicionamiento de ribera se respetarán de forma estricta todos los ejemplares de
especies relictas como el loro (Prunus lusitánica), el abedul (Betula alba) y el acebo (Ilex
aquifolium).
a3. (R) Las actuaciones de acondicionamiento de riberas no alterarán la morfología de los
cauces. Estos trabajos se desarrollarán preferentemente por motivos de sanidad
forestal o control de especies exóticas, y serán ejecutados por métodos manuales.
Estas actuaciones no se desarrollarán en los enclaves con poblaciones de Prunus
lusitanica, Ilex aquifolium, Corylus avellana, o Sorbus torminalis.
a4. (A) Revisión de las captaciones de agua existentes en el cauce y retirada de aquellas
que sean ilegales, estén obstruyendo el cauce o causen disminución del caudal
ecológico necesario para el mantenimiento del buen estado de conservación de los
elementos clave.
a5. (R) A partir de la ribera, se mantendrán franjas de protección con vegetación
espontánea de al menos 3 m de anchura.
a6. (D) Se preservarán las manchas o islas de vegetación natural, incluso ejemplares
aislados o pequeñas manchas de los mismos.
a7. (R) Conforme a la normativa sectorial vigente cuando se apliquen productos
fitosanitarios se respetará una banda de seguridad mínima, con respecto a la ribera de
5 metros. En el caso de aplicación de productos fertilizantes, se respetará una banda de
seguridad mínima de 10 metros.
a8. (R) El acceso del ganado a los arroyos y ríos para abrevar podrá llevarse a cabo por las
zonas con menor densidad de vegetación. Este aprovechamiento debe compatibilizarse
con la conservación de las especies de ribera, en especial las relictas como el loro
(Prunus lusitánica), el abedul (Betula alba) y el acebo (Ilex aquifolium).
a9. (R) Serán incompatibles las implantaciones de choperas de producción.
a10. (A) Se inventariarán los ejemplares de Prunus lusitanica, Ilex aquifolium, Corylus
avellana, o Sorbus torminalis presentes en esta ZIP.
a11. (A) Se estudiará la dinámica de las alisedas (retroceso, avance, cambios) para
realizar un manual de gestión y conservación de este hábitat. Campaña de
sensibilización comarcal.
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Miércoles 5 de octubre de 2022
Red Natura 2000 (al cual remitimos), en esta ZIP serán de aplicación las siguientes
medidas de conservación:
a.1. (R: OBLIGADO CUMPLIMIENTO) A partir de la rivera, se mantendrán franjas
de protección con vegetación espontánea de al menos 3 metros.
c. Elemento clave: comunidad de aves rupícolas
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Cantiles serranos”.
d. Elemento clave: comunidad de quirópteros
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Comunidad de quirópteros”.
e. Elemento Clave: Comunidad de anfibios y reptiles
Serán de aplicación las medidas establecidas para la ZIP “Río Guadarranque”, (a la cual
remitimos) (…).
9.1.1.3. ZIP 3 “Río Gualijo”.
a. Elemento Clave: 91E0 Bosques aluviales
Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3 y 4 incluidos en el apartado “4.1.5.
Sistema de hábitats ribereños” del Plan Director de la Red Natura 2000, en esta ZIP serán de
aplicación las siguientes medidas de conservación:
a1. (R) Es incompatible la explotación forestal de las formaciones naturales de vegetación
de ribera asociadas a este hábitat.
a2. (R) En Dominio Público Hidráulico es incompatible la corta de arbolado autóctono, salvo
los pies dañados, enfermos o muertos, y las obras de restauración hidrológica ambiental
que deberán contar con Informe de Afección favorable.. Así mismo, en las actuaciones
de acondicionamiento de ribera se respetarán de forma estricta todos los ejemplares de
especies relictas como el loro (Prunus lusitánica), el abedul (Betula alba) y el acebo (Ilex
aquifolium).
a3. (R) Las actuaciones de acondicionamiento de riberas no alterarán la morfología de los
cauces. Estos trabajos se desarrollarán preferentemente por motivos de sanidad
forestal o control de especies exóticas, y serán ejecutados por métodos manuales.
Estas actuaciones no se desarrollarán en los enclaves con poblaciones de Prunus
lusitanica, Ilex aquifolium, Corylus avellana, o Sorbus torminalis.
a4. (A) Revisión de las captaciones de agua existentes en el cauce y retirada de aquellas
que sean ilegales, estén obstruyendo el cauce o causen disminución del caudal
ecológico necesario para el mantenimiento del buen estado de conservación de los
elementos clave.
a5. (R) A partir de la ribera, se mantendrán franjas de protección con vegetación
espontánea de al menos 3 m de anchura.
a6. (D) Se preservarán las manchas o islas de vegetación natural, incluso ejemplares
aislados o pequeñas manchas de los mismos.
a7. (R) Conforme a la normativa sectorial vigente cuando se apliquen productos
fitosanitarios se respetará una banda de seguridad mínima, con respecto a la ribera de
5 metros. En el caso de aplicación de productos fertilizantes, se respetará una banda de
seguridad mínima de 10 metros.
a8. (R) El acceso del ganado a los arroyos y ríos para abrevar podrá llevarse a cabo por las
zonas con menor densidad de vegetación. Este aprovechamiento debe compatibilizarse
con la conservación de las especies de ribera, en especial las relictas como el loro
(Prunus lusitánica), el abedul (Betula alba) y el acebo (Ilex aquifolium).
a9. (R) Serán incompatibles las implantaciones de choperas de producción.
a10. (A) Se inventariarán los ejemplares de Prunus lusitanica, Ilex aquifolium, Corylus
avellana, o Sorbus torminalis presentes en esta ZIP.
a11. (A) Se estudiará la dinámica de las alisedas (retroceso, avance, cambios) para
realizar un manual de gestión y conservación de este hábitat. Campaña de
sensibilización comarcal.
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