Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0076)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Castañar de Ibor.
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NÚMERO 192
47909
Miércoles 5 de octubre de 2022
ART.2.3.1.3. Regulación general de tipologías edificatorias
Con carácter general, las tipologías edificatorias contempladas en estas Normas
Urbanísticas son las definidas en el Anexo II del Reglamento de Planeamiento de Extremadura
de 2007.
Los instrumentos de planeamiento de desarrollo de este Plan General definirán
obligatoriamente las tipologías en la ordenación detallada según la clasificación del Reglamento
de Planeamiento de Extremadura (salvo modificaciones posteriores dadas por los instrumentos
de rango superior al Plan General).
ART.2.3.1.4. Clases de tipologías edificatorias
1. Edificación Alineada a Vial (EAV)
a) Edificación en Manzana Compacta (EMC)
b) Edificación en Manzana Abierta (EMA)
2. Edificación Aislada (EA)
a) Edificación Aislada Exenta (EAE)
b) Edificación Aislada Adosada (EAA)
3. Edificación Tipológica Específica (ETE)
(Ver Anexo II del Reglamento de Planeamiento de Extremadura de 2007).
ART.2.3.1.5. Usos urbanísticos contemplados en el Plan General
Con carácter general, para el suelo urbano y urbanizable los usos urbanísticos
contemplados en el plan son los definidos en el Anexo I del Reglamento de Planeamiento de
Extremadura de 2007. En caso de duda, se consultará dicho Anexo I del Reglamento de
Planeamiento de Extremadura de 2007.
ART.2.3.1.6. Clasificación de los usos urbanísticos según sus características sustantivas
Como se ha explicado en el apartado anterior, esta clasificación de usos dada por el
Reglamento se refiere primordialmente al suelo urbano y urbanizable.
1. Uso global: Uso genérico mayoritario asignado cada una de las Zonas de Ordenación
Urbanística que corresponde a las actividades y sectores económicos básicos: Residencial,
Terciario, Industrial y Dotacional.
2. Uso pormenorizado: el correspondiente a las diferentes tipologías en que pueden
desagregarse los usos globales (plurifamiliar o unifamiliar, vivienda libre o protegida, comercial,
hotelero, oficinas, etc.).
3. Uso mayoritario: en una actuación urbanizadora, el que dispone de mayor superficie
edificable computada en metros cuadrados de techo.
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Miércoles 5 de octubre de 2022
ART.2.3.1.3. Regulación general de tipologías edificatorias
Con carácter general, las tipologías edificatorias contempladas en estas Normas
Urbanísticas son las definidas en el Anexo II del Reglamento de Planeamiento de Extremadura
de 2007.
Los instrumentos de planeamiento de desarrollo de este Plan General definirán
obligatoriamente las tipologías en la ordenación detallada según la clasificación del Reglamento
de Planeamiento de Extremadura (salvo modificaciones posteriores dadas por los instrumentos
de rango superior al Plan General).
ART.2.3.1.4. Clases de tipologías edificatorias
1. Edificación Alineada a Vial (EAV)
a) Edificación en Manzana Compacta (EMC)
b) Edificación en Manzana Abierta (EMA)
2. Edificación Aislada (EA)
a) Edificación Aislada Exenta (EAE)
b) Edificación Aislada Adosada (EAA)
3. Edificación Tipológica Específica (ETE)
(Ver Anexo II del Reglamento de Planeamiento de Extremadura de 2007).
ART.2.3.1.5. Usos urbanísticos contemplados en el Plan General
Con carácter general, para el suelo urbano y urbanizable los usos urbanísticos
contemplados en el plan son los definidos en el Anexo I del Reglamento de Planeamiento de
Extremadura de 2007. En caso de duda, se consultará dicho Anexo I del Reglamento de
Planeamiento de Extremadura de 2007.
ART.2.3.1.6. Clasificación de los usos urbanísticos según sus características sustantivas
Como se ha explicado en el apartado anterior, esta clasificación de usos dada por el
Reglamento se refiere primordialmente al suelo urbano y urbanizable.
1. Uso global: Uso genérico mayoritario asignado cada una de las Zonas de Ordenación
Urbanística que corresponde a las actividades y sectores económicos básicos: Residencial,
Terciario, Industrial y Dotacional.
2. Uso pormenorizado: el correspondiente a las diferentes tipologías en que pueden
desagregarse los usos globales (plurifamiliar o unifamiliar, vivienda libre o protegida, comercial,
hotelero, oficinas, etc.).
3. Uso mayoritario: en una actuación urbanizadora, el que dispone de mayor superficie
edificable computada en metros cuadrados de techo.
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