Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062844)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria de fabricación de film de plástico, promovido por Iberhipac, SA, en el término municipal de Saucedilla (Cáceres).
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NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022

47806

- g - Vigilancia y seguimiento
1. S
 erá preferible que el muestreo y análisis de todos los contaminantes, se realice con
arreglo a las normas CEN. En ausencia de las normas CEN, se aplicarán las normas ISO,
las normas nacionales, las normas internacionales u otros métodos alternativos que estén
validados o acreditados, siempre que garanticen la obtención de datos de calidad científica
equivalente.
2. L
 os equipos de medición y muestreo dispondrán, cuando sea posible, de un certificado oficial
de homologación para la medición de la concentración o el muestreo del contaminante
en estudio. Dicho certificado deberá haber sido otorgado por alguno de los organismos
oficialmente reconocidos en los Estados Miembros de la Unión Europea, por los países
firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o, cuando haya reciprocidad,
en terceros países.
3. C
 on independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGS, en el
ejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir cuantos análisis e inspecciones
estimen convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalaciones
autorizadas.
4. E
 l titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por la
administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo
cualquier inspección de las instalaciones relacionadas con la AAU, así como tomar muestras
y recoger toda la información necesaria para el desempeño de su función de control y
seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos producidos:
1. D
 e conformidad con el artículo 40 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el titular de la
instalación industrial dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja por orden
cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos; cuando
proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el
Archivo cronológico se incorporará la información contenida en la acreditación documental
de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se guardará la información
archivada durante, al menos, tres años.
2. E
 n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su
valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el
documento de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
3. A
 simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o