Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062843)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina de producción y cebo, titularidad de Luis Diaz-Ambrona Bardají, en el término municipal de Cheles, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022

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E) Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y,
analizadas las características y ubicación del proyecto, se considera que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats que son objeto de conservación en
algún lugar de la Red Natura 2000, tanto individualmente como en combinación con otros
proyectos que se plantean desarrollar en el entorno.
Se concluye que no se aprecian perjuicios para la integridad de ningún lugar de la Red
Natura 2000.
F) Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
1. E
 l programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el cumplimiento
de las indicaciones y de las medidas previstas para prevenir, corregir y, en su caso,
compensar los impactos ambientales derivados del proyecto, contenidas en el EsIA, tanto
en la fase de ejecución como en la de explotación. Este programa atenderá a la vigilancia,
durante la fase de obras, y al seguimiento, durante la fase de explotación del proyecto.
2. S
 egún lo establecido en el apartado 10 de las medidas de carácter general de esta resolución
y conforme a lo establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, será
función del coordinador ambiental el ejercer las funciones de control y vigilancia ambiental
con el objetivo de que las medidas preventivas, correctoras y complementarias previstas
en la declaración de impacto ambiental se lleven a cabo de forma adecuada, en las
diferentes fases de ejecución del proyecto. Dicho coordinador por tanto deberá elaborar y
desarrollar un Plan de Vigilancia Ambiental con el fin de garantizar entre otras cuestiones
el cumplimiento de las condiciones incluidas en esta declaración de impacto ambiental y en
el EsIA. También tendrá como finalidad observar la evolución de las variables ambientales
en el perímetro de la planta y en su entorno. El contenido y desarrollo del Plan de Vigilancia
será el siguiente:
2.1. D
 eberá elaborarse un calendario de planificación y ejecución de la totalidad de la obra,
incluyendo las labores de restauración y revegetación, ya que éstas deben acometerse
según van avanzando las obras.
2.2. D
 urante la fase de construcción, antes del inicio de las obras se presentará el Plan
de Vigilancia Ambiental de la Fase de Construcción, se presentará el Plan en sí,
además de una memoria valorada que recoja el desarrollo de las medidas correctoras
y compensatorias, el cronograma de su ejecución, y, además, se presentará ante el
órgano ambiental informes sobre el desarrollo de las obras cada tres meses y, en todo
caso, al finalizar éstas. Los informes de seguimiento incluirán la forma de ejecución